Tres jóvenes, dos adolescentes de 17 y una joven de 18, son buscadas por la Policía. Los tres casos de ausencia fueron informados en las últimas horas, aunque su falta del hogar lleva en algún caso varios días.
La Comisaría 17ª recibió denuncias por averiguación de paradero de dos jóvenes. Se trata de Lucía Fernández Sotelo (18), que se domicilia en la calle Sebastián Rodríguez.
El otro caso es el de la adolescente María del Carmen Faúndez Viera (17), domiciliada en la avenida José Belloni.
Por su parte la Comisaría 18ª investiga desde el sábado 27 de febrero la desaparición de la adolescente Nandy Yanina Mieres Sosa (17).
En todos los casos la Policía pide colaboración a la población y en caso de poder suministrar algún dato acerca de su paradero, hacerlo a la unidad policial más próxima.
AUSENCIAS. En 2004 fue creado en la órbita del Ministerio del Interior el Departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes. La meta de esta unidad era obtener un protocolo común para todas las reparticiones policiales en los casos comúnmente conocidos como de "averiguación de paradero". Fuentes del departamento señalaron a El País que en todo este tiempo se ha logrado avanzar en este protocolo, que funciona plenamente en la red de comisarías de Montevideo y las jefaturas de la zona metropolitana del país. En cambio, aún persisten problemas de actualización de información en jefaturas del interior del país, que no se han integrado a la red de gestión policial por falta de actualización tecnológica.
Desde el punto de vista jurídico, la ley por la que se creó el mecanismo de registro y búsqueda establece por persona ausente: "La desaparición de una persona física del lugar en que vive y se desenvuelve en forma habitual, sin haber noticiado su intención de hacerlo"
Desde el punto de vista metodológico la unidad del Ministerio del Interior establece dos tipos de ausencias: la voluntaria, "donde están comprendidos aquellos casos en que la persona haya manifestado explícitamente su intención de hacerlo; o por el contrario, cuando haya dejado elementos de juicio contundentes que hagan presumir que lo ha decidido con anterioridad, tales como cartas, ausencia de objetos de uso personal tales como ropa, efectos personales, documentos, etc.". Y luego define la ausencia involuntaria como "el resultado de un hecho accidental o provocado, comprendidos en los literales a y b del numeral 1 de este escrito (vicios del consentimiento, la ausencia stricto sensu, y la de menores o incapaces)". Esta última es la que da lugar a la actuación policial.
50 casos
La Policía tiene cerca de 50 casos de personas ausentes sin aclarar, según indicaron fuentes del Departamento de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes del Ministerio del Interior. El grueso de los casos que reciben las unidades policiales, bajo la forma de denuncias por averiguación de paradero, se aclaran en el corto plazo. En este amplio porcentaje se encuentran las denominadas ausencias voluntarias, son minoría las involuntarias.
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