JUAN ORIBE STEMMER
Es una buena noticia que el Poder Ejecutivo argentino haya promulgado, el 15 de diciembre, la ley de aprobación de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático. Este tratado multilateral, adoptado por la Conferencia General de Unesco en noviembre de 2001, tiene por objeto garantizar y fortalecer la protección de tan valioso acervo nacional y mundial. Nuestro país estuvo representado en la conferencia por el embajador Gros Espiell, quien tuvo una distinguida participación en la elaboración del tratado. Pero, por algún motivo el Uruguay no figura entre los signatarios del acuerdo. Y esto es lamentable.
La Convención sobre el Patrimonio Cultural Subacuático entró en vigor entre los países parte de la misma el 2 de enero de 2009. Ya ha sido ratificada por 29 países, incluyendo a Cuba, Ecuador, México, Panamá y España.
La reciente ley argentina abre el camino para que ese país deposite su correspondiente ratificación al tratado.
El tratado define el patrimonio cultural subacuático como "todos los rastros de existencia humana que tengan carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años"; establece que los Estados tienen la obligación de preservarlo; y enuncia objetivos y principios generales. Incluyendo que aquel patrimonio "no será objeto de explotación comercial".
La República Argentina ya había incluido en el 2003, a las cosas o vestigios "que se encuentran en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes" en el Patrimonio Cultural de la Nación, asegurando así su debida protección legal.
Además, el programa de Arqueología Subacuática del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano de aquel país tiene un ambicioso proyecto para la investigación de los restos de la corbeta británica HMS Swift que naufragó en marzo de 1770 frente a Puerto Deseado. El "Proyecto Arqueológico Swift" es un ejemplo de buena práctica que pone al alcance de los estudiosos y de la sociedad el conjunto de los numerosos y variados elementos rescatados del fondo del mar.
El Uruguay se ha quedado atrás.
Carecemos de una legislación específica para la protección de nuestro patrimonio cultural subacuático. Durante demasiado tiempo se aplicó a las actividades de exploración y extracción de esos restos una legislación inadecuada concebida para el caso del salvamento de buques mercantes y sus cargas hundidos recientemente.
El sistema era tan malo que, finalmente, un decreto del año 2006 congeló la recepción de solicitudes de búsqueda. Sin embargo esta medida, de por si provisional, no resuelve el problema de fondo creado por la ausencia de un marco jurídico adecuado.
Ha llegado el momento de proceder a ratificar la Convención de Unesco.
"Uruguay se ha quedado atrás en la protección que asumen los países de su patrimonio subacuático.
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