Jueza de Maldonado reaviva las críticas a procedimiento policial
M. GALLARDO / P. MELÉNDREZ
El criterio aplicado por una jueza penal de Maldonado de retirar del departamento a personas que tengan antecedentes y carezcan de trabajo y residencia fija, reaviva los cuestionamientos hacia la polémica ley de Procedimiento Policial.
La nueva norma permite a los efectivos policiales requerir la identificación a una persona en la vía pública. Según lo que prevé la ley, en los casos donde el sospechoso se niegue a dar a conocer sus datos personales, deberá ser trasladado hasta la seccional más cercana y luego darse cuenta a la Justicia.
Esta ley más algunos artículos del Código Penal y una norma sobre "Vagancia, Mendicidad y Estados Afines" que está vigente desde 1941, fueron el sustento de la jueza penal de 2° Turno de Maldonado, Adriana Graziuso, que ordenó el traslado a Montevideo de un hombre con varios antecedentes penales y la internación de un adolescente de 17 años en dependencias del INAU.
La posición de la magistrada reaviva la polémica por la legalidad de la ley de Procedimiento Policial, que fue duramente discutida en el Parlamento y que, en principio, incluía la posibilidad de realizar allanamientos nocturnos sin orden judicial, lo cual fue desestimado tras una férrea oposición del Partido Nacional.
El abogado constitucionalista y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, Martín Risso, dijo que el hecho de obligar a una persona de retirarse de un departamento "es una forma de restringir la libertad".
Risso explicó que esa situación tiene lugar como consecuencia de la Leyes de Vagancia y Procedimiento Policial. Dijo que esta última tiene "una filosofía inconstitucional" porque restringe algunos derechos.
Por su parte, el abogado penalista e integrante del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur), Diego Camaño, dijo a El País que la resoluciones tomadas por la jueza Graziuso "parecería que no tienen base legal" porque "las personas tienen derecho a circular por cualquier departamento más allá de que tengan antecedentes penales".
Camaño dijo a El País que la ley de Procedimiento Policial es una norma "bastante mala" y eso queda demostrado en función de este tipo de situaciones, explicó el abogado.
En tanto, un juez penal de Montevideo que en su momento ejerció en Maldonado, dijo que el criterio de su colega pena el "porte de cara" porque se castiga de antemano a una persona por su aspecto o por lo que hizo anteriormente.
"En Montevideo no se castiga a la gente por ser peligrosa, sino por cometer un delito. ¿Por qué lo van a hacer en Maldonado?", se preguntó el magistrado consultado.
ÓMNIBUS. En los casos en los que intervino la jueza Graziuso, ninguno de los dos involucrados tenía trabajo ni un domicilio fijo. Se dedicaban a pedir dinero a los turistas. Se consideró podían implicar un riesgo para la seguridad de la temporada de verano, que se está iniciando a muy buen ritmo en toda la zona este del Uruguay.
La vetusta norma de 1941 habilita a las autoridades a disponer el traslado de una persona que no justifique su presencia en un departamento. Y por eso es que se hizo "el contacto con las empresas de ómnibus y se les da la oportunidad de salir del departamento", explicó ayer el jefe de Policía Maldonado, Eduardo Martínez.
Ayer, en la Seccional 10ª de Punta del Este se presentó un hombre que vivía en forma irregular en un predio de OSE. Pidió un pasaje de ómnibus para volver a Cerro Largo. Cuando los policías chequearon sus datos, constataron que estaba requerido por un juzgado de ese departamento por incumplir una caución que se le había fijado en el marco de un juicio penal.
AUTORIDAD. En tanto, La Liga Comercial de Punta del Este cerró filas detrás de los operadores judiciales y policiales. El presidente de la institución, Héctor Araújo, recordó que las medidas fueron adoptadas por los planteos de los empresarios que manifestaron su preocupación por la llegada de delincuentes y personas con antecedentes penales.
"Acá se cumple con la ley. No puede ser que por 200 personas, a los 140 mil habitantes del departamento que viven del turismo se les vaya el negocio a la ruina", aseveró Araújo.
En tanto, el presidente de la Cámara Uruguaya de Turismo, Luis Borsari, dijo que solamente se está ejerciendo la autoridad por parte del Ministerio del Interior y la Justicia.
"El sector privado reclamó esto desde siempre. Por fin alguien escuchó nuestros reclamos. ¡Vamos arriba la jueza Graziuso!", afirmó Borsari en diálogo con El País.
Tres visiones
Diego Camaño: "Toda persona tiene derecho a circular"
Parecería que una resolución de esas características no tiene sustento legal, porque toda persona tiene derecho a circular por cualquier departamento más allá de que tenga antecedentes penales o no. No hay norma jurídica alguna que habilite a un juez a prohibir a una persona estar en un determinado lugar. En el caso de una persona que tiene iniciado un proceso en otro departamento, se debe comunicar al juez del caso, pero el juzgado de Maldonado no puede tomar resolución".
Luis Borsari: "Hay una jueza con las polleras bien puestas"
Queremos que se aplique el Código Penal porque los jueces siempre lo tuvieron arriba de la mesa y nunca aplicaron. Es el ejercicio de autoridad tanto por el Ministerio del Interior como por parte de la Justicia. Ahora hay alguien (la jueza Graziuso) que tiene las polleras bien puestas. Espero que tenga seguidores y apoyo del poder político. El sector privado reclamó esto desde siempre. Por fin alguien escuchó nuestros reclamos. ¡Vamos arriba la jueza Graziuso", afirmó el presidente de la Cámara Uruguaya de Turismo.
Martín Risso: "Práctica peligrosa que puede crear ghettos"
El hecho de obligar a una persona a irse de un departamento es una forma de restringir la libertad. Además, el artículo 15 de la Constitución establece que nadie puede ser sancionado `sino infraganti delito o habiendo semiplena prueba de él`. Es una práctica peligrosa, se pueden crear determinados ghettos donde personas no puedan entrar a determinadas zonas o barrios. Es claro que esto es producto de la Ley de Procedimiento Policial, que tiene una filosofía inconstitucional", sostuvo catedrático de la Universidad Católica.
Los argumentos que plantea la magistrada Adriana Graziuso
SIN DOCUMENTOS. La Ley de Procedimiento Policial habilitó a los efectivos a reclamar la identificación a cualquier persona que circule por la vía pública. A criterio de la jueza, esa modalidad lleva a que la Policía "tiene el deber de observar y prevenir como forma de impedir la comisión de delitos, faltas o infracciones". Muchas veces las personas carecen de documentos para delinquir.
CAUCIÓN. Graziuso observó que muchas personas que llegan a Maldonado tienen vigente cauciones juratorias en juzgados de otros departamentos donde lograron ser excarcelados en otros procesos judiciales. Eso hace que, quien se encuentra en esa situación no puede estar Maldonado, sino que tiene que encontrarse donde fijó domicilio a los efectos de ese juicio que ya está en marcha.
OCUPACIONES. Según la visión de la jueza, otra situación que amerita la adopción de medidas es cuando hay personas que ocupan espacios públicos. En esos casos, se le intima a que deje el lugar, en función de los artículos 358 y 359 del Código Penal. Graziuso dijo que se ha comprobado que muchas de estas personas han incurrido en delitos como hurtos y rapiña en la temporada de verano.
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