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 Jueves 10.12.2009, 13:24 hs l Montevideo, Uruguay
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Ciudades

"No hay derecho a molestar a quien tiene chapa de otro departamento"

Sanciones. Los municipios que no cumplan la ley recibirían menos dinero

ANDRÉS LÓPEZ REILLY

El Congreso de Intendentes aprobará hoy la fiscalización de las patentes a partir del 1° de enero. También prosperaría una iniciativa para quitar partidas extrapresupuestales a las intendencias que no cumplan con la ley de empadronamiento.

El Congreso Nacional de Intendentes sesionará hoy por última vez en lo que queda del año y votará la fiscalización de las patentes A partir del 1° de enero, como lo marca la ley 18.456, aprobada a comienzos de 2009.

Sin embargo, hay juristas que dicen que el conductor no tiene por qué entregar certificados de residencia al inspector que lo detenga por circular con chapa de otro departamento. Y que si se aplican sanciones, éstas deben recaer sobre las intendencias que empadronaron, no sobre los contribuyentes.

Como diera cuenta El País, el 31 de diciembre es el último día de plazo para que se regularicen las situaciones de quienes matricularon después del 1° de enero de 2008 en un departamento en el que no tienen residencia o actividad económica.

La ley señala que a partir del 1° de enero de 2010, en caso de reincidencia en la infracción de circular sin la patente correspondiente, las intendencias podrán quitar el vehículo de la vía pública. También retirar la matrícula, e iniciar acciones judiciales sobre el rodado infractor por la deuda generada por el incumplimiento del tributo.

"Se va a resolver la fiscalización a partir del 1° de enero. Arreglo no va a haber, lamentablemente es así", anticipó a El País el presidente del Congreso Nacional de Intendentes, Omar Lafluf (Río Negro).

Lafluf opinó que la resolución de San José de bajar el valor de su patente a partir de 2010 "complicó" las negociaciones. Y apuntó a los otros departamentos que no han acatado las resoluciones del congreso: "el problema es que los empadronamientos que se lleva Colonia, o Flores, son los de los cero kilómetro, los más caros, que valen US$ 30.000 o US$ 40.000", indicó el intendente de Río Negro. Lafluf adelantó que a partir del 1° de enero, colocará a sus inspectores en las calles a controlar las patentes.

Mientras tanto, la Suprema Corte de Justicia analiza un recurso presentado por la Intendencia de Colonia para declarar inconstitucional la ley de empadronamiento. En caso de hacer lugar al planteo, la resolución del máximo órgano de la Justicia uruguaya sólo comprendería a Colonia. No obstante, sentaría un precedente que allanaría el camino para que otras intendencias presenten recursos similares, sobre la base de una injusticia tributaria en el resto del país.

"Mañana (por hoy) vamos a tener un informe sobre el planteo que hizo la Intendencia de Colonia y vamos a ver de qué forma se hace la fiscalización, porque también hay algunos juristas que dicen que tenemos que ir contra el departamento que empadronó. Lo que sí estamos decididos es a salir a fiscalizar a partir del 1° de enero, porque dimos dos años de plazo", destacó el intendente de Río Negro.

RECORTE DE FONDOS. Lafluf estimó que también quedará aprobada una iniciativa presentada por los intendentes del Frente Amplio para que los gobiernos departamentales que no cumplan con la ley de empadronamiento, no reciban partidas extrapresupuestales.

"Este acuerdo se pondría dentro de los compromisos de gestión que tenemos que cumplir con el gobierno. Si una intendencia no cumple, no recibiría las partidas, que son importantes en el presupuesto", indicó el presidente del Congreso Nacional de Intendentes.

"INCONSTITUCIONAL". El abogado Alberto Varela, del Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios, consideró que la Ley 18.456 es "inconstitucional".

Varela señala que los contribuyentes no tienen por qué entregar documentación "privada y confidencial" a los inspectores de tránsito sobre sus lugares de residencia. Y que en caso de llegar a la vía judicial, o a cualquier otro tipo de acción punitiva, se debe actuar sobre la intendencia que empadronó el vehículo y no sobre el propietario del mismo.

"El conductor le puede decir al inspector que no tiene ese documento y que tampoco tiene por qué circular con él encima. Lo que establece la ley es que los contribuyentes tienen que hacer una declaración jurada y presentar un certificado notarial en la intendencia pertinente. Lo que tienen que hacer los inspectores que sospechen que ese vehículo está mal empadronado, es dirigirse a esa intendencia y cuestionar que la persona tenga el domicilio que declaró. Es por eso que la persona puede negarse a entregar el certificado al inspector", dijo Varela a El País.

"No hay derecho a molestar a la gente que circula por un departamento con chapa de otro pidiéndole que acredite su domicilio", destacó el experto en Derecho Tributario.

Según Varela, la Ley de Empadronamiento no solucionará la "guerra de la patentes", que ya lleva prácticamente dos décadas. "Lo único que la solucionaría es hacer una reforma de la Constitución", concluyó.

Juicios contra las intendencias

Según la ley 18.456, las intendencias podrán efectuar denuncias judiciales en aquellos casos en que entiendan que los documentos presentados por el conductor adolecen de "falsedad ideológica o material", o que existe un notorio cambio en el domicilio del titular del vehículo. Incluso, a petición de parte interesada, todo empadronamiento realizado en violación a las normas previstas por la ley podrá declararse nulo.

Según el abogado Varela, los juicios deben hacerse de una intendencia a otra, porque el contribuyente que obtuvo su matrícula, lo hizo presentado la documentación en una ventanilla municipal que la aceptó y la dio por válida.

La ley aclara que podrán hacerse acuerdos entre las intendencias para "contemplar la situación de circulación habitual de contribuyentes con domicilios en sus respectivas jurisdicciones".

El País Digital


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