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Rodolfo Sienra Rosen
Cayó justo el 29. Recuerdo cuando las variantes eran muy pocas. O con pesto, o con manteca y queso, o con tuco. Es claro, había distintas variedades de tuco, que podían generar una serie de sub especies innominadas. Hoy, la alimentación se ha vuelto más sofisticada, y entonces tenemos además de los tipos madre, los ñoquis con aceite de oliva y rúcula, a los cuatro quesos, hasta con calamares, u otros mariscos. La fiesta nos la damos cuando los ñoquis son caseros, esto es, hechos en nuestra casa. Pero también es costumbre para respetar el domingo como día de descanso, comerlos afuera, salvo los diabéticos -para ellos la mezcla de papa y harina es fatal- y los que prefieren la rueda familiar.
Dependiendo de la edad y del régimen de alimentación de cada uno, creo que es más aconsejable cuando el plato es pesado, comerlos al almuerzo, porque una mala digestión en la noche puede traer problemas. Y condición fundamental será siempre regarlos con un buen vino, aunque ese placer puede que los que salgan a almorzar afuera se vean en problemas para disfrutarlo como Dios manda. Es que hoy hay elecciones, y está vigente una ley que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde ayer sábado a las 20 horas, a hoy domingo a las 20 y 30. Es un vejestorio normativo que ha sobrevivido a los tiempos.
La finalidad de esta ley no es cuidar la salud, ni cosa parecida. Es jerarquizar al voto como pronunciamiento del soberano por excelencia, evitando que el sufragio venga mojado por propia voluntad del que lo emite, o por inducción de otros que le ponen la lista que sea en el bolsillo, o presentarse como para armar un escándalo en la mesa o lugar de votación. Sin embargo esta es una ley muy fácil de burlar, porque será suficiente con almorzar en casa, y tener la bebida comprada desde antes. Comer ñoquis en una bodega, por ejemplo, puede ser una experiencia fascinante, y eso es perfectamente legal, pues la prohibición no es la de tomar vino, sino de comprarlo. Son esas disposiciones del tiempo de Maricastaña que a veces quedan en el derecho positivo vigente de un país. De la veda en sí algunos piensan igual, pero estando en el plazo, me está vedado hablar de ella.
Cuando di el curso de Introducción al Derecho, aquél extraordinario profesor y más extraordinaria persona que fue el Dr. Raúl Blengio Brito, el querido "Pipo" Blengio, que también nos daba Literatura -lo estoy viendo y se me pianta un lagrimón- nos enseñaba que hay un Derecho Natural (principios y valores que apuntalan al ideal de Justicia en una sociedad en determinado momento) un Derecho Positivo (el creado por el hombre) que se divide en derecho vigente y no vigente. Pero también existe un Derecho Positivo vigente en desuso, o sea que no se aplica y ponía como ejemplo una ordenanza municipal que prohibía atar caballos en los árboles de 18 de Julio (estábamos en 1958). Y no es bueno que exista un derecho aplicable que no se aplica. No es un tema demasiado trascendente, pero la prolijidad jurídica importa. Así como hay que cuidar la redacción de las normas para evitar dudas en su interpretación, de tanto en tanto hay que hacer una depuración para eliminar lo que dejó de tener sentido.
Lo que son las cosas, empecé con los ñoquis y termino preocupándome por las arterias de los Jueces y de los abogados.
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