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Por falta de pago de media hora extra a 21 empleados
PABLO MELÉNDREZ
La suprema corte de justicia (Scj) condenó a la dirección de impresiones y publicaciones oficiales (Impo) a abonarle a un grupo de 21 funcionarios la diferencia por horas extras que generaron a partir de 2003, cuando pasaron a trabajar seis horas y media en lugar de seis, por disposición el entonces director del organismo, Carlos Sánchez Bargas.
La sentencia de la Corporación -que fue notificada a las partes la semana pasada y a la cual accedió El País- abarca a dos abogadas encargadas de sección y a 19 técnicos profesionales del banco de datos del organismo que reclamaron judicialmente el pago de la media hora extra diaria que trabajaron, pero que nunca cobraron.
Los demandantes ganaron tanto en primera como en segunda instancia, pero el IMPO presentó un recurso de casación ante la SCJ, el cual fue desestimado por unanimidad de los ministros, lo que lleva a que se confirmen las resoluciones anteriores.
Ahora se inicia el proceso de liquidación de la sentencia, que estableció que además del monto que corresponda pagar a cada trabajador, el IMPO deberá abonar un 15% extra por concepto de los "daños y perjuicios" causados.
Así, según estiman los demandantes, cada uno percibirá unos US$ 40.000 que se deberán ajustar en función de los intereses y los "daños y perjuicios". Por eso, el total que deberá pagar el IMPO a los 21 trabajadores se aproximará a US$ 1.000.000.
Antes de iniciar el litigio ante la Justicia laboral, los trabajadores mantuvieron contactos con el actual director del IMPO, Álvaro Pérez, aunque no fue posible alcanzar un acuerdo que evitara la presentación de la demanda.
Consultado por El País, el jerarca dijo que la sentencia de la SCJ "es un ejemplo más de la ineficiencia" del IMPO durante la gestión del anterior director, que terminó siendo procesado con prisión por otras irregularidades.
Pérez discrepó con el monto total que manejan los trabajadores, y dijo que el pago a los demandantes "no superará" los US$ 400.000, aunque aclaró que todavía no culminó el proceso liquidatorio. Agregó que desde ayer todos los funcionarios volvieron al régimen de seis horas diarias porque "no tiene sentido la realización de media hora extra".
ARGUMENTO. En el recurso presentado ante la SCJ, el IMPO argumentó que no corresponde pagar la diferencia generada por horas extras por las dos abogadas demandantes en función de un decreto de 1980, que estableció que "el personal superior de los establecimientos industriales, comerciales y de servicios" no tiene derecho a recibir remuneración por trabajar más horas de las previstas.
En tanto, en el caso de los 19 funcionarios de la base de datos (que en su mayoría también son abogados o escribanos, aunque no ejercen la profesión) el IMPO sostuvo que tampoco deben cobrar la media hora extra, ya que en sus contratos de trabajo se estableció que prestarán tareas por hasta 44 horas semanales.
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