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Fue intendente mientras cobraba sueldo en mutualista
E.B.
El secretario general de la Intendencia de Maldonado, Enrique Pérez Morad, ocupó en tres oportunidades el cargo de intendente interino en 2008 mientras cobró sueldos de una cooperativa médica local contratada por el municipio.
Según una auditoría del Tribunal de Cuentas a la Rendición de Cuentas de 2008 de la Intendencia de Maldonado, Pérez Morad generó una incompatibilidad prevista por la Constitución de la República.
El organismo de contralor señaló que la cooperativa médica presta servicios a la comuna fernandina desde el 2006.
Pese a que Pérez Morad tiene una relación de dependencia con la misma, ocupó el cargo de intendente esteño entre el 14 de junio del año pasado; del 13 de agosto al 15 de agosto de 2008 y del 20 de octubre al 31 de octubre de 2008.
El Tribunal de Cuentas advirtió que el artículo 289 de la Constitución de la República establece: "es incompatible el cargo de intendente con todo otro cargo o empleo público, excepción hecha de los docentes, o con cualquier situación personal que importe recibir sueldo o retribución por servicios de empresas que contraten con el Gobierno Departamental". La Constitución de la República establece que el jerarca que viole estos artículos puede perder su cargo, apuntó el TCR.
El organismo también señaló que la Intendencia de Maldonado tuvo un déficit en 2008 de $ 234 millones (US$ 11 millones) y que el pasivo acumulado al 31 de diciembre del año pasado es de 437 millones (US$ 20 millones).
La auditoría del Tribunal de Cuentas también detectó que la Intendencia de Maldonado efectuó un llamado público a instituciones financieras interesadas en otorgar una línea de crédito de hasta US$ 20 millones "omitiendo" la anuencia de la Junta Departamental para tramitar dicha solicitud.
También cuestionó que la comuna fernandina haya ofrecido como garantía la cesión de impuestos municipales que son cobrados a través de tarjetas de crédito y redes de cobranza sin la autorización de la Junta como lo establece la normativa vigente.
El Tribunal de Cuentas también objetó los préstamos otorgados por la Intendencia de Maldonado a pequeños productores por entender que viola el principio de especialidad de las instituciones públicas. "No resulta ajustado a derecho que la Intendencia cumpla un rol que ha sido atribuido por la ley a las instituciones bancarias y entidades de intermediación financiera", señala la auditoría. Es decir, dar préstamo "no es" competencia municipal.
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