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Última palabra la tendrá el Ministerio de Defensa
El Tribunal de Cuentas observó la posible modificación del contrato firmado entre el Estado y Puerta del Sur, que explota el aeropuerto de Carrasco, para que ésta reduzca el canon que paga. De todas formas, que esto se concrete o no dependerá del Ministerio de Defensa que ya cuenta con un proyecto de decreto para aprobarlo.
Puerta del Sur fundamentó su pedido en su interés por mantener la ecuación económico financiera del contrato por la incidencia que podría tener sobre ésta el incremento del tráfico de pasajeros en tránsito por los que no cobra ingreso, pero sí realiza aportes como parte del canon al Estado.
Asimismo, según dijo el presidente de la concesionaria, Martín Eurnekian, a El País, esto permitiría desarrollar el aeropuerto como un centro de distribución de pasajeros.
Según la resolución del Tribunal de Cuentas a la que accedió El País, el 18 de marzo pasado el concesionario pidió al Ministerio de Defensa una modificación al contrato que derivara en "la exoneración del pago del canon por aquellos pasajeros en tránsito que superen el promedio de los primeros cuatro años de concesión, esto es sobre 2.600 pasajeros".
En el correr de los cinco años que van de la concesión, el promedio mensual ascendió a 4.564 pasajeros en tránsito, pero entre diciembre de 2008 y febrero de 2009 ya habría ascendido a 7.556 por mes, 7,38% del total. En este sentido, Puerta del Sur sugirió fijar un porcentaje para el cobro del canon entre el 4% y el 7% por concepto de pasajeros en tránsito.
El gobierno se mostró afín a acceder, en tanto pague "por el número real de pasajeros en tránsito con un tope del 7% del total", esto es, si supera esa cifra sigue abonando por el 7%. La contraoferta de los privados bajó la cifra a 5% comenzando a regir el 21 de noviembre apostando al "desarrollo del puerto libre, más pasajeros y más vuelos de Pluna". Puerta del Sur esgrimió que según criterios jurídicos, "el contratista sólo estaría obligado a pagar canon toda vez que obtenga un beneficio, lo que no ocurre con los pasajeros en tránsito".
Pero el Tribunal de Cuentas no lo entiende así. No sólo considera que la modificación no encuadra en las previsiones del contrato sino que no se demuestra que la rebaja del precio a pagar "redunde en algún otro beneficio que no sea las finanzas de la propia Puerta del Sur". Además sostiene que si bien se puede haber producido un aumento en los tránsitos "no generó un quiebre o ruptura trascendente", sino que es "inherente al proceso de fijación del canon que fue aceptado por la contratista".
Planteó además que modificarlo implicaría "sentar precedente" en una contratación a la que le resta más de 25 años y "que no es concordante con el interés general". Defensa es quien tendrá la última palabra.
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