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 Martes 06.10.2009, 20:51 hs l Montevideo, Uruguay
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Nacional

Voto epistolar: todo el peso de la instrumentación cae en la Corte

Plebiscito. Deberá definir si votan hijos de emigrantes y si será obligatorio

PILAR BESADA

Según Cifra, 51% de los ciudadanos estaría a favor del voto epistolar, lo que habilitaría a unos 500.000 uruguayos a sufragar desde el exterior. La Corte Electoral deberá instrumentar un nuevo sistema, que plantea varias interrogantes.

Por ejemplo, la Corte deberá evaluar si el voto para los uruguayos en el exterior será obligatorio o no, o si los hijos de uruguayos nacidos en el exterior podrán obtener la Credencial Cívica afuera.

Lo cierto es que, según el último sondeo de Cifra, realizado entre el 26 y el 28 de septiembre, el 51% del electorado estaría a favor de votar la reforma constitucional para que los uruguayos puedan votar desde el exterior. Con respecto a la medición anterior, la intención de voto descendió un punto.

De los dos plebiscitos que estarán en juego el domingo 25, el del voto epistolar es el que tiene más chances de triunfar.

Si esto sucede, se agregaría un numeral al artículo 77 de la Constitución con el siguiente texto: "Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren, por la vía epistolar. Además de esa vía, la Corte Electoral podrá instrumentar otros procedimientos, siempre que asegure que el sufragio se ejerza con las mismas garantías".

Por tanto, toda la instrumentación del voto desde el exterior quedará en manos de la Corte Electoral, que en los próximos cinco años deberá definir los mecanismos. Según el secretario letrado de la Corte, Mario Cataldi, "aparte de las reglamentaciones de la Corte, quizás se requerirán otro tipo de normas que deben ser aprobadas por el Poder Legislativo". Para modificar las leyes electorales, la Constitución establece que son necesarios los dos tercios de los votos de cada cámara. Según Cataldi, la actual ley de elecciones "contempla la emisión de votos en comisiones receptoras instaladas en el territorio nacional", por lo cual habría que modificar esa legislación para instrumentar el voto desde el exterior.

En 2007, la bancada oficialista puso a consideración del Parlamento un proyecto de ley para habilitar el voto epistolar, que finalmente no obtuvo la mayoría de dos tercios requerida para su aprobación.

Uno de los puntos que la Corte deberá dilucidar es si el voto para los uruguayos en el exterior será obligatorio, como lo es para los uruguayos residentes, ya que muchos emigrantes no tienen la Credencial vigente. Una persona pierde la vigencia de su Credencial luego de no votar en tres elecciones obligatorias consecutivas.

Otro punto de duda gira en torno a los hijos de uruguayos nacidos en el exterior. Actualmente, para que ellos puedan obtener la Credencial, deben realizar el trámite de avecinamiento en la Corte Electoral, para el que deben presentar documentación que compruebe la permanencia en el país durante más de un año.

En los últimos cinco años, la Corte tramitó 3.300 avecinamientos, un número superior al del período anterior.

La vocera de la comisión por el voto en el exterior, Brenda Falero, comentó que, con respecto a los hijos de uruguayos en el extranjero, "no se sabe qué va a definir la Corte, si van a poder sacar la Credencial desde el exterior, como el pasaporte o la cédula, o si deberán seguir el trámite de avecinamiento".

La reforma establece que, además, la Corte puede instrumentar otros mecanismos de voto desde el exterior, además del epistolar.

Sin embargo, nada de esto fue discutido aún en la Corte, ya que esperan el pronunciamiento popular. Según el ministro colorado de Corte, Edgardo Martínez Zimarioff, se han discutido informalmente otras formas de voto como el electrónico o a través de internet. Aunque la reforma admite que la Corte establezca otros mecanismos de voto, el epistolar quedaría establecido, sin posibilidad de eliminarlo si no se modifica nuevamente la Constitución.

La cifra

3.300 Fueron los hijos de uruguayos en el exterior que en este período tramitaron el avecinamiento para sacar la Credencial.

Hay 501.000 uruguayos en el exterior

Según datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, al 30 de junio de 2008 existían 501.806 uruguayos residentes en el exterior. El 31% de ellos (153.650 personas) se radicaba en Argentina, el 17% (86.391) en Estados Unidos, un 15% (77.113) en Brasil y otro tanto en España.

Sin embargo, esto no significa que los habilitados para votar aumentarán en medio millón para el 2014 si se aprueba el plebiscito. El padrón electoral para las elecciones de octubre, de 2.584.219 votantes, incluye a muchos emigrantes que aún tienen sus credenciales vigentes. En 2004, se estimó que desde Buenos Aires vinieron a votar unos 45.000 uruguayos.

Este es uno de los motivos que esgrimen quienes defienden el voto desde el exterior, ya que afirman que, desde el punto de vista constitucional, la residencia en el exterior no inhabilita al voto. Brenda Falero, vocera de la comisión por el voto en el exterior, afirmó que no reclaman la igualdad en el derecho, porque ya existe, sino "la igualdad de condiciones para el ejercicio del voto", ya que algunas personas no pueden votar porque no se pueden pagar el pasaje.

En tanto, los detractores del plebiscito afirman que el voto epistolar pone en juego las garantías electorales. Desde setiembre, el Partido Nacional hace campaña contra el voto epistolar, ya que argumenta que atenta contra las garantías del sistema electoral y que no es justo que voten quienes no sufrirán las consecuencias de los actos de los gobernantes que eligen.

Por otro lado, el colorado Ope Pasquet, en una columna publicada en montevideo.com, afirmó que la reforma propuesta es demasiado amplia, y que habilitaría incluso a que votaran por carta los ciudadanos residentes en el país.

De acuerdo al voto epistolar, los residentes en el exterior reciben en su domicilio un sobre con las diferentes opciones para votar. Luego de realizar su elección, envían el sobre nuevamente a Uruguay.

El voto consular, en cambio, implica que los votantes se dirijan a las embajadas o consulados a efectuar el voto, como si fueran mesas de votación.

Iniciativa del Frente Amplio

En septiembre de 2007 se puso a consideración de la Asamblea General un proyecto de ley para habilitar el voto epistolar de los uruguayos en el exterior. El proyecto, que necesitaba una mayoría especial de dos tercios, no fue aprobado, por lo cual la bancada del Frente Amplio decidió votar, en abril de este año y con mayoría simple, la convocatoria a un plebiscito para someter a la voluntad pública el voto epistolar, junto con las elecciones.

El proyecto original de voto epistolar establecía que los ciudadanos uruguayos en el exterior que quisieran votar debían comunicarlo por correo a la Corte Electoral, que debía llevar un registro y padrón electoral de los ciudadanos en el extranjero.

La Corte, entonces, enviaría a los domicilios de los votantes en el exterior todo el material necesario para sufragar, incluidos los sobres de votación y todas las listas registradas. Luego de introducir la lista elegida en el sobre, el votante lo pondría junto a sus datos personales y tres impresiones de su dígito pulgar en otro sobre especial, y lo enviaría a la Corte Electoral ubicada en la Ciudad Vieja de Montevideo. Luego, la Corte clasificaría los sobres recibidos y los enviaría a las correspondientes Juntas Electorales.

Al no prosperar esta iniciativa en el Senado, el Frente Amplio resolvió que el texto que se agregaría a la Constitución se dejara en manos de la Corte Electoral la instrumentación del voto epistolar.

Durante la discusión parlamentaria, el diputado nacionalista Jaime Trobo propuso una alternativa al voto epistolar, que consistía en crear una jurisdicción electoral especial para los uruguayos en el exterior, mediante la cual elegirían a dos diputados. Pero el FA no acompañó esta idea.

El País Digital

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