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Jueves 20.08.2009, 20:25 hs l Montevideo, Uruguay
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Editorial


[HOY IMPORTA]

Control conjunto

El Ministerio de Relaciones Exteriores dio a conocer, el 17 de agosto, un comunicado referente al monitoreo conjunto del medio ambiente del Río Uruguay que realizaban expertos argentinos y uruguayos. Fue emitido "ante diversos artículos publicados recientemente en medios de prensa que, por su imprecisión, aparentan dar actualidad a situaciones ocurridas varios años atrás". Los hechos son los siguientes.

En el año 1989 la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) puso en práctica el Programa de Control de la Contaminación del Río Uruguay (Procon), que se cumplió sin interrupción hasta el año 2005. Por lo tanto, en aquel momento, la CARU había acumulado una importante cantidad de información sobre el ecosistema del río Uruguay que abarcaba un período prolongado de tiempo. En ese año se desarrollaron, además, dos campañas de recolección de muestras como parte del Programa de Monitoreo de Efectos Ambientales en Áreas de Plantas Celulósicas. A fines del año 2005 se habían planificado llevar a cabo cuatro campañas durante el año 2006.

En enero de 2006, continúa el comunicado, el Presidente de la Delegación Argentina en la CARU "no prestó su conformidad para que se ejecutara la campaña que estaba prevista", invocando la cuestión que había presentado su Gobierno ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya contra nuestro país.

La decisión argentina llama la atención. Los programas de monitoreo conjunto son el mejor instrumento para evaluar el estado del medio acuático del río Uruguay y detectar cualquier impacto adverso causado por la planta pastera. Aunque también es cierto que esos controles igualmente habrían servido para verificar que no se producía tal efecto negativo -como lo han demostrado los estudios realizados por nuestro país y divulgados por la Dinama.

Tiene razón el Ministerio al señalar que la controversia entre los dos países no los desvincula de su obligación "de dar cumplimiento a la obligación de protección y conservación del medio acuático y la protección integral del río establecidas en el Estatuto del Río Uruguay". Esa obligación se mantiene .

El País Digital

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