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Fallo judicial. Prato perdió en su enfrentamiento con Pini
EDUARDO BARRENECHE
Un Tribunal de Apelaciones dio la razón al ex juez aduanero Gustavo Pini y determinó que Aduanas no está autorizada a revisar de oficio los contenedores en tránsito por Uruguay, según una sentencia a la que tuvo acceso El País.
El miércoles 22, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1° Turno zanjó una controversia suscitada el 17 de febrero de este año entre el ex juez Pini y el director nacional de Aduanas, Ricardo Prato, sobre si este organismo de control de mercaderías tenía o no competencia para abrir contenedores en tránsito sospechosos de trasladar falsificaciones de marcas o mercadería que viola los derechos de autor.
La resolución del Tribunal expresa que la Dirección de Aduanas no puede intervenir mercaderías en tránsito y que las leyes en materia de propiedad intelectual no otorgan este tipo de potestades a la administración. "Las normas que rigen (en el país) en materia de propiedad intelectual no habilitan la actuación de oficio de la administración aduanera", señala el Tribunal de Apelaciones.
Ello obligará a Aduanas y a estudios jurídicos y de consultoría que representan a firmas internacionales de ropas, calzados y artículos diversos, a presentar una denuncia penal para que el magistrado ordene la apertura de un contenedor en tránsito sospechoso de trasladar mercaderías con grifas falsificadas.
La resolución del Tribunal de Apelaciones también indica que, en cambio, la ley de derechos de autor le atribuye competencia a la Dirección Nacional de Aduanas con autorización judicial para intervenir un contenedor. En estas materias, no es competente el juez de Aduana sino el Penal, advierte la resolución.
COMPLICADO. Ante una denuncia verbal del despachante de Aduanas Juan Fernando Pujol, en febrero de este año sobre que tres funcionarios aduaneros iban a abrir tres contenedores en tránsito hacia Paraguay, Pini concurrió al Puerto e impidió la apertura. Argumentó su decisión señalando que Aduanas no tiene competencias para abrir contenedores en tránsito sospechosos de contener mercaderías con falsificación de marcas, porque el delito no ocurre en Uruguay y sí en el país de destino.
Prato apeló la decisión de Pini y el caso pasó al Tribunal de Apelaciones el 14 de abril de este año. Días después, Pini fue trasladado a la Unidad Ejecutora del Programa de Fortalecimiento del Poder Judicial, alegando problemas personales.
Los ministros del Tribunal de Apelaciones reconocen que se encontraron ante "un caso totalmente atípico" donde se discuten la competencia de la Dirección de Aduanas para ciertas medidas -revisar contenedores en tránsito- y la atribución de la sede judicial aduanera para intervenir en el asunto.
Tras advertir a Prato que la presencia del juez en el Puerto no fue de oficio sino a instancias de una denuncia de un despachante de Aduanas, el Tribunal de Apelaciones señala que "la actuación judicial cuestionada no es más que una inspección judicial con carácter previo a la adopción de una medida cautelar de no innovar. Tampoco se comparte la crítica (de Aduanas) que el juez (Pini) dictó una norma de carácter general, siendo manifiesto que su decisión tuvo como objeto específico impedir la apertura de los tres contenedores bajo sospecha, aunque omitiera consignarlo así".
El Tribunal concluye que sí pueden revisar contenedores en tránsito otros organismos estatales para la detección, prevención y represión de drogas, armas y deshechos peligrosos.
La Aduana y estudios jurídicos que defienden a marcas extranjeras consideran que quedarán afectadas las potestades del organismo si éste debe pedir permiso a jueces penales para la apertura de contenedores en tránsito sospechosos.
El director de Aduanas, Ricardo Prato, dijo ayer a Búsqueda que la Aduana sí tiene competencias para abrir contenedores. "Ahora tenemos que dar muchas explicaciones a los jueces, quienes desde que sucede este hecho con (el juez de Aduanas Gustavo) Pini, tuvieron primero la actitud de esquivarle el bulto al tema", dijo. Prato agregó que otros magistrados "declinaron competencia y lo mandaron a los juzgados especializados en crimen organizado. Otros nos piden 50% más pruebas que antes para autorizar la apertura de contenedores".
Alejandro Sciarra, abogado del estudio Cikato, señaló que la sentencia del Tribunal de Apelaciones que prohibe a Aduanas abrir contenedores en tránsito, "significa un gran retroceso para la protección de los derechos de propiedad industrial". "Es una clara violación a convenios internacionales, especialmente al Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual", sostuvo el abogado.
El Tribunal de Apelaciones resolvió el miércoles 22 enviar a la Justicia Penal el expediente que contiene la apelación de la Dirección Nacional de Aduanas referida a la concurrencia del ex juez de Aduanas, Gustavo Pini, al Puerto de Montevideo para evitar la apertura de tres contenedores con supuesta mercadería con marcas falsificadas. La sentencia del Tribunal de Apelaciones también dispuso que no correspondía imponer una condena procesal al director de Aduanas, Ricardo Prato, ni a Pini.
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