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Viernes 10.07.2009, 12:48 hs l Montevideo, Uruguay
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Economía

Sentencia favorable al BROU le evitaría pagar US$ 25:

Compensación. Funcionarios reclamaron la de 2004 y 2005

FABIÁN TISCORNIA

El Banco República (BROU) obtuvo un fallo favorable en segunda instancia que le evita hasta el momento tener que desembolsar US$ 25 millones por una compensación especial para sus funcionarios en 2004 y 2005 que no abonó.

Se trata del llamado "14º sueldo", una compensación especial -equivalente a un sueldo como mínimo- que el banco paga a todos sus empleados si el año anterior se generaron utilidades, según establece el artículo 30 del Estatuto del funcionario del República.

Eso sucedió en 2004 y 2005, pero el directorio del BROU decidió no abonar el 14º sueldo ya que el banco aún arrastraba pérdidas de los años 2002 y 2003 (producto de la crisis financiera) y tenía pendiente la garantía estatal en los fideicomisos a los que la institución había transferido la cartera de créditos con mayor dificultad de cobro.

Esa garantía estatal -que se canceló en 2006- suponía que "mientras estuviera vigente, las utilidades del banco se destinaban a su capitalización", dijeron a El País fuentes del República.

Las fuentes señalaron que abonar el 14º sueldo en esos dos años hubiera supuesto una erogación de unos US$ 25 millones aproximadamente.

Ante la decisión del directorio, un grupo de 46 funcionarios del ala radical de la representativa de los trabajadores del República inició un juicio en la órbita civil y también interpuso un recurso de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).

En primera instancia la jueza Dora Szafir dio la razón al grupo de funcionarios y condenó al BROU a pagar el 14º sueldo reajustado a la fecha. Pero el banco apeló y un reciente fallo del Tribunal de Apelaciones en lo civil de 7º turno le dio la razón y revocó la sentencia de primera instancia.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones -a la que accedió El País- es firme y señala que "no se verifican los supuestos necesarios para otorgar la asignación extraordinaria anual prevista en el artículo del Estatuto". El Tribunal dio por válido el argumento del banco, ya que el estatuto establece que el 14º sueldo se pagará "si la situación económica de la institución ha generado utilidades" pero también afirma que eso se hará "siempre que la erogación total resultante no afecte la integridad patrimonial del banco".

Si bien el fallo alcanza a los 46 funcionarios que presentaron el reclamo, de haber sido desfavorable para el BROU, este hubiera pagado el 14º sueldo a todos sus empleados para no exponerse a más juicios, lo que le hubiera significado unos US$ 25 millones.

De todas maneras, el reclamo presentado ante el TCA (una vía independiente a la Justicia) aún no tiene resolución. Según un informe de la sala de abogados de AEBU al que accedió El País, la sentencia del TCA se dictará "probablemente en el curso de 2010".

Por haber perdido el juicio, un grupo de funcionarios del BROU del ala radical de la representativa cuestionó la actuación de la sala de abogados de AEBU ante lo que el Consejo Central del gremio bancario emitió una declaración de rechazo a los cuestionamientos.

La declaración expresa el "respaldo" y "solidaridad" del Consejo Central de AEBU "con los compañeros cuestionados" y "rechaza la metodología del desprestigio y la calumnia como táctica sindical".

El País Digital

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