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Miércoles 08.07.2009, 18:34 hs l Montevideo, Uruguay
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Nacional

Ocupaciones: fallo judicial reaviva reclamo empresarial

TCA. Rechazó un recurso contra el decreto que las regula

Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que desestimó un recurso contra el decreto que otorgó un marco legal a las ocupaciones, reavivó el reclamo de los empresarios para que el gobierno derogue esa norma.

La sentencia emitida por el TCA es en relación a una demanda de nulidad presentada por la empresa Ottonello Hermanos SA contra el decreto sobre prevención de conflictos y ocupaciones, aprobado en mayo del año 2006.

La resolución desestimó el planteo ya que al momento de presentar la demanda, la empresa no se encontraba en una situación de conflicto, por lo que no se configuró el interés necesario para que la acción fuera considerada.

El sector empresarial se opone férreamente al decreto, porque entiende que la norma valida la medida sindical de la ocupación, la cual, según sostienen, es ilegal por cuanto violenta el derecho a la propiedad de los patrones previsto en la Constitución.

Para desestimar la acción, el TCA, en su primera resolución sobre el decreto, sostuvo que en el caso planteado "no se está ante un perjuicio concreto sino que se trata de un interés eventual o futuro, excluido de la acción anulatoria".

La sentencia agregó que el demandante "debe justificar la existencia de un interés directo, de inmediata satisfacción personal, fundado en una situación particular respecto al acto impugnado", informó ayer el diario El Observador.

De todos modos, la sentencia no analiza el fondo del planteo de la empresa que reclamó la ilegalidad del decreto. Incluso, el fallo aclara que, eventualmente, en caso de que en el futuro se presente una acción en la que el demandante logre probar el daño sufrido, el planteo podría "tener andamiento".

INCONSTITUCIONAL. El asesor jurídico de la Cámara de Comercio, Juan Mailhos, dijo ayer a El País que es "insólito" y "preocupante" que el TCA considere necesario probar el daño sufrido por las empresas, ya que se trata de una norma claramente inconstitucional.

"Por supuesto que todo es opinable, pero nosotros pensamos que no es necesario la configuración de la lesión al interés personal legítimo directo", sostuvo Mailhos. El asesor empresarial recordó que hay cerca de 200 impugnaciones similares en trámite ante el TCA contra el decreto, "ya que a nuestro juicio la norma es inconstitucional".

Por su parte, el asesor jurídico de la Cámara de Industrias, Gonzalo Irrazábal, destacó que el fallo del TCA "no se pronuncia sobre el fondo del asunto, es decir, que no dice si las ocupaciones son o no una extensión del derecho de huelga". Por eso, explicó que la resolución "no afecta ni la visión ni el interés del sector empresarial".

Irrazábal dijo a El País que, según lo que sostiene la sentencia, "si se prueba un perjuicio -como pasa en todas las ocupaciones- la demanda puede tener andamiento".

Así, el abogado consideró que el presidente Tabaré Vázquez debería derogar el decreto que considera legales las ocupaciones de los lugares de trabajo, tal como lo anunció el mandatario el año pasado. "Advertimos que el Poder Ejecutivo no tiene la intención de hacer lo que dice, y dejar establecido que la ocupación no es una extensión del derecho de huelga", concluyó Irrazábal.

Asesor jurídico del Pit-Cnt estima que se debe derogar el decreto

El abogado Mario Pomatta, integrante de la sala jurídica del Pit-Cnt, dijo a El País que la "ocupación es una modalidad del derecho de huelga que, al ser un fenómeno social, no debería tener ningún tipo de regulación".

"Pretender regular un fenómeno social es lo mismo que pretender dirimir por ley un estallido social o la problemática de la pasta base", señaló. "Estos inventos no van a dar esos resultados, porque ningún decreto ni ninguna ley van a evitar las ocupaciones", aseguró Pomatta.

Por eso, el gobierno "debería" derogar el polémico decreto de prevención de conflictos y ocupaciones, dijo. Agregó que jurídicamente, las normas en todo lo atinente a las Relaciones Laborales deben regirse mediante una ley y no un decreto. A juicio del abogado del Pit-Cnt, existen "suficientes" mecanismos de negociación para evitar las ocupaciones .

Pomatta afirmó que "salvo casos puntuales", la ocupación es la medida "extrema" que toman los trabajadores, por lo que "si no hay una regulación del conflicto se sale dirimiendo, como en todos los casos, porque las ocupaciones no son in eternum".

Sentencia adversa en 12 casos

Desde septiembre de 2006 a la fecha, la Justicia Civil de primera y segunda instancia, emitió un total de 12 sentencias en las cuales consideró ilegales las ocupaciones de los lugares de trabajo. Ese total de fallos corresponde a cinco casos que tuvieron sentencia de primera y segunda instancia, y otros dos expedientes en los cuales se consideró ilegal la medida de lucha de los trabajadores, pero éstos optaron por no apelar esa decisión.

El País Digital

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