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Miércoles 01.07.2009, 00:30 hs l Montevideo, Uruguay
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Nacional

La Corte falló a favor de la aplicación del Iass a pasivos

Caso de militares que obtuvieron fallos a favor con el Irpf

Por mayoría de sus integrantes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró constitucional el Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social (Iass) creado por el gobierno en sustitución al Irpf a los jubilados y pensionistas.

El fallo fue emitido en relación a un recurso de inconstitucionalidad presentado por unos 1.200 militares retirados patrocinados por el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre, quienes el año pasado obtuvieron una sentencia favorable cuando recurrieron el Irpf.

La resolución -firmada por los ministros Jorge Larrieux, Jorge Ruibal Pino, Daniel Gutiérrez Proto y Leslie Van Rompaey, y que tuvo el voto discorde de Hipólito Rodríguez Caorsi- sostiene que el nuevo tributo presenta "diferencias relevantes" en relación al Irpf y por tanto no corresponde considerarlo ilegal.

Por eso, a juicio de la Corporación, el Iass no viola el principio de "cosa juzgada" que argumentó Aguirre, ya que se trata de un tributo diferente al que les había sido declarado inconstitucional, cuando la SCJ tenía una integración diferente a la actual.

"El nuevo impuesto no sólo no afecta el principio constitucional de igualdad, sino que lo restaura en condiciones de permanencia y estabilidad", sostiene la extensa la sentencia de 56 páginas que fue redactada por Gutiérrez Proto.

El fallo afirma, además, que el Iass buscó saldar una situación "injusta o inequitativa" generada por la existencia de resoluciones de la SCJ que el año pasado declaró constitucional el Irpf en algunos casos e inconstitucional en otros.

De mantenerse esa situación, añade el fallo, se habrían quedado "exonerados de contribuir solidariamente a la ejecución de los cometidos esenciales del Estado o la prestación de los servicios sociales a su cargo", dice la sentencia.

Según la SCJ, con la aprobación del Iass, el gobierno no incurrió en una "transgresión" del principio de separación de poderes, ya que las características del nuevo impuesto -que establece alícuotas diferenciales- modificó los aspectos cuestionados al Irpf.

Rodríguez Caorsi fue discordante

El ministro Hipólito Rodríguez Caorsi, quien el año pasado se pronunció por la inconstitucionalidad del Irpf, mantuvo su posición y también consideró ilegal el Iass. Los votos de Rodríguez Caorsi, Jorge Ruibal Pino y Sara Bossio Reig (quien se jubiló en abril de 2008) motivaron que la SCJ emitiera una serie de 13 sentencias contrarias de Irpf a los pasivos, posición que luego cambió con el ingreso de Jorge Larrieux a la sala. En su voto discorde, Rodríguez Caorsi sostiene que, al igual que lo hizo en las acciones contra el Irpf a los jubilados, "corresponde hacer lugar a la misma declarando inaplicable a los accionantes la normativa cuestionada". Agregó que en el caso de los militares retirados que obtuvieron un fallo favorable contra el Irpf, el Iass viola el principio de "cosa juzgada" porque ese fallo provoca que haya que respetar "las consecuencias jurídicas de ese pronunciamiento".

El País Digital

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