La política y la plata

MARÍA FERNANDA BOIDI

El vínculo entre dinero y política generalmente despierta muchas suspicacias y temores. Parte de estas suspicacias se dan respecto al manejo de los dineros públicos que hacen los políticos. En este sentido, el mayor temor es el desvío del dinero de los contribuyentes hacia fines privados. En época electoral, sin embargo, aparecen otras preocupaciones que tienen que ver con el flujo en el sentido inverso: ¿de dónde sale la plata que financia a la política?

Esta pregunta abriga la inquietud de la posible influencia que las contribuciones privadas a las campañas puedan tener luego en la gestión del gobierno. Dicho más claramente: alberga la sospecha de que las contribuciones que hoy se hacen a las campañas puedan ser repagadas luego, con beneficios especiales para quienes colaboraron. Por estos motivos, en la mayoría de las democracias contemporáneas existe algún tipo de regulación sobre los orígenes del dinero que se destina a las campañas políticas. Y además, se prevé que el estado financie parte de ellas.

¿Por qué los contribuyentes deberían pagar por los gastos en los que incurren los políticos en su lucha por el poder? La razón más importante es que el aporte estatal garantiza la competencia democrática al equiparar, al menos respecto de un umbral mínimo, a todos los competidores. Los candidatos y partidos que tienen (o logran recabar) más dinero igual pueden gastar más, pero el otorgamiento del financiamiento público establece una línea de partida que es igual para todos. Con esto, además, se aspira a limitar la influencia que los dineros privados puedan tener en las campañas políticas (sobre todo en los casos en los que existe tope para las contribuciones).

Las campañas políticas en Uruguay funcionan en un régimen de financiamiento mixto, es decir, reciben financiamiento del Estado, y también pueden recibir fondos privados. El financiamiento público se da por canales tanto directos (entrega de dinero en función de los votos obtenidos), como indirectos, a través de la exoneración tributaria a los bienes y cuentas bancarias que son de uso exclusivo partidario.

El financiamiento público a los partidos políticos existe desde hace varias décadas. Sin embargo, con la nueva ley los partidos deberán rendir cuentas (literalmente) para poder acceder a él. Esta regulación llegó con la Ley 18.485, de mayo de 2009, que constituye un primer paso en la reglamentación de la vida partidaria y el financiamiento de las campañas como parte de ella.

La nueva legislación busca dotar de mayor transparencia a la actividad vinculada al financiamiento de las campañas.

Así, los partidos deberán cumplir una serie de requisitos para poder acceder al financiamiento público. Por ejemplo, una vez pasadas las elecciones deberán entregar a la Corte Electoral la rendición de cuentas definitiva, que debe contener toda relación entre ingresos y gastos de campaña, como condición para que se complete el pago. Estas rendiciones de cuentas serán de acceso público.

En la nueva normativa también se regulan las contribuciones privadas, las que deben ser siempre nominativas y están topeadas. También están limitadas las contribuciones de los contratistas del Estado, y se prohiben las contribuciones anónimas mayores a 4.000 unidades indexadas (unos $ 7.600), y las contribuciones de sindicatos y otras gremiales, así como las de entidades o gobiernos extranjeros.

Uruguay tenía en el debe la regulación del financiamiento político. Si bien la reglamentación existente no cubre todos los escenarios (y los cínicos siempre podrán encontrar sus vericuetos), sin duda constituye un primer avance hacia la transparencia, valor clave de toda democracia

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