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Aníbal Durán Hontou
Es valor entendido y de acuerdo a convenios internacionales suscritos por nuestro país, que los gobiernos de turno tienen que hacer del diálogo social y del tripartismo en materia laboral, instrumentos esenciales para lograr consensos perdurables y que a su vez éstos se traduzcan en leyes o ingresen al ordenamiento jurídico. Es la manera que tienen para funcionar en una sociedad moderna y, sobre todo, democrática.
En el decurso de estos años, sabido es que el gobierno ha encarado una profunda reforma del Derecho del Trabajo y la opinión del sector empresarial ha estado o prescindente o la misma no tuvo casi ninguna receptividad (dicho esto en término generales).
En este entorno, la primera norma jurídica fue el decreto del Poder Ejecutivo N° 145, del 2 de mayo del 2005 (es decir, a poco de asumir la nueva administración), cuando determinó que la fuerza pública no podía proceder al desalojo de aquellas empresas que fueran ocupadas por trabajadores. Esta medida inconsulta y arbitraria, creó un ambiente ríspido y de recelo entre las partes, dejando en un verdadero estado de indefensión al sector empresario. Las ocupaciones se sucedieron -hubo una pandemia en los primeros meses-, los conatos entre patronos y obreros se materializaron, comenzaron las diatribas de un lado y de otro…
A posteriori se sucedieron una serie de leyes laborales, donde también primó el desencuentro en las conclusiones, o sencillamente y tal como había ocurrido con el decreto mencionado anteriormente, el gobierno no consultaba y enviaba derecho viejo el proyecto de ley al Parlamento.
Muchas veces se creaba un ámbito de diálogo pero daba la sensación de que era puro formalismo, ya que el consenso nunca se producía y las decisiones parecían estar predeterminadas.
Y por supuesto, el Ministerio de Trabajo y el Pit-Cnt coincidían…
Como colofón a lo expuesto, surge el proyecto de ley sobre negociación colectiva radicado en el Parlamento desde el pasado año. Ya en la exposición de motivos se dice que "las relaciones colectivas de trabajo, tal como tradicionalmente se las entiende, conforman una tríada compuesta por la organización sindical, la negociación colectiva y el conflicto". Pero adentrándonos en el proyecto, éste nada dice sobre la organización sindical…, haciendo hincapié en los otros dos aspectos.
Es decir, no habrá regulación sobre los sindicatos.
No es del caso en este artículo profundizar en el proyecto, pero en el mismo se insiste con la ocupación (asimilándola a la huelga) y obviamente existe una diferencia cualitativa medular: huelga es simple omisión y ocupación es acción directa contra otros derechos subjetivos.
Es de sentido común preguntarse: ¿cuál es el criterio jurídico que habilita a entender que también es huelga el despojo de la posesión de bienes ajenos o impedir a otros trabajadores (seguramente la mayoría), el desarrollo de su actividad laboral?
Por supuesto hay muchas más anécdotas para detallar y podría ser mucho más específico en los diversos temas que se han manejado con el gobierno. Pero saquemos apuntes de lecciones pasadas y mejoremos.
Este ya casi lustro de experiencia en materia laboral nos tiene que hacer repensar el tema (vivimos repensando los temas…) y extraer conclusiones. Para ello apliquemos aquello que dice "la experiencia no es las cosas que le pasan a uno, sino como uno actúa ante las cosas que le pasan".
En el próximo lustro del ya nuevo gobierno, hay que ACORDAR. Bien dice un autor inglés: "Todo beneficio humano, toda virtud y todo acto prudente, está basado en el acuerdo".
Casi siempre hay dos modos opuestos de ver el mismo problema. Por eso la incapacidad o la falta de voluntad de alcanzar un acuerdo en temas laborales puede verse como intransigencia o como constancia, dependiendo del telescopio moral desde donde se mire. La gente apela a sus principios, sus tradiciones, sus derechos y las amenazas a cualquiera de éstos para justificar lo que para un tercero pareciera ser obstinación, testarudez y prejuicio.
La capacidad moral es la habilidad de distinguir cuál es cuál.
Hay que agregar una buena dosis de franqueza en el diálogo.
Esto es, dar a conocer lo que uno piensa, decir la verdad tal y como una la ve y sin medir las consecuencias.
La franqueza propia invita a la franqueza recíproca y hace posible los descubrimientos.
Y éstos nos llevarán a los tan anhelados consensos…
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