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PABLO MELENDREZ
Descubierta en 1806 por el químico farmacéutico alemán Friedrich Sertürner, la morfina es uno de los analgésicos más potentes y que, a pesar de que no todos los médicos la aceptan, continúa siendo utilizada en la actualidad.
Una polémica por el uso de esta droga que consiste en una mezcla de opio neutralizado por ácido sulfúrico, tuvo que ser analizada por la Justicia Civil, debido a una demanda presentada por la familia de un hombre que fue operado en una mutualista y que, producto de la aplicación de la morfina, sufrió un paro cardio-respiratorio que lo llevó a la muerte.
El paciente fue operado de cáncer de próstata en agosto de 1991. Si bien la intervención terminó en forma satisfactoria, las complicaciones comenzaron en el Centro de Tratamientos Intermedios del centro asistencial, adonde fue derivado para realizar el post-operatorio.
Debido al intenso dolor, los médicos suministraron al paciente pequeñas dosis de morfina, ante lo cual el hombre evolucionó favorablemente durante las primeras horas.
Sin embargo, en determinado momento el paciente comenzó a sentir náuseas y molestias que derivaron en el paro cardíaco a raíz del cual el paciente estuvo casi tres meses en estado vegetativo hasta que murió.
La familia presentó una demanda civil contra la mutualista en reclamo de un resarcimiento por daño moral, la cual fue acogida en primera instancia, por lo que la institución médica fue condenada.
La mutualista apeló ese fallo alegando -entre otras cosas- que no se recabaron las pruebas suficientes que permitan concluir que el paro respiratorio fue causado por el suministro del analgésico. También señaló que los médicos actuaron en forma correcta con la aplicación de la morfina para aliviar las molestias que padecía el hombre.
Además, sostuvo que el paciente había sido sometido a "una importante intervención quirúrgica a nivel abdominal, con importante movilización de vísceras y anestesia general. Tales factores son causa justificada de las náuseas. Pero ello no es un signo premonitorio del paro cardíaco".
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones Civil que intervino en el caso, respaldó la decisión de primera instancia y confirmó la resolución de resarcir a la viuda y a los hijos del fallecido con US$ 40.000 y US$ 7.000, respectivamente, debido a que se concluyó que la mutualista tuvo responsabilidad en el control insuficiente de la aplicación de la morfina.
Según el fallo, hubo "carencias e imperfecciones" en la supervisión del post-operatorio, lo que derivó en que "las complicaciones corrientes en el suministro del opiáceo (morfina) no pudieron ser detectadas a tiempo y por ende los efectos dañosos no pudieron ser revertidos".
La sentencia del tribunal añadió que "la institución demandada no se condujo con la diligencia profesional que corresponde exigirle, toda vez que los controles, cuidados y supervisión no se ofrecieron en la medida requerida por el opiáceo suministrado y en el marco de la sala donde se hallaba el paciente...".
En ese marco, los magistrados cuestionaron duramente el accionar del personal médico y de enfermería de la mutualista, "por cuanto las náuseas, como síntoma de efectos no deseados por la morfina, debieron haber alertado al personal y consiguientemente adoptar otra conducta concreta".
Así, el fallo recordó que el paciente "no tuvo náuseas a consecuencia de la anestesia ni con la administración de la primera dosis de morfina, ni en toda la tarde hasta luego de la segunda dosis".
Mal aplicación de morfina a paciente
ficha
Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3° Turno.
Fecha: 14 octubre de 1998.
Redactora: Bernardette Minvielle Sánchez.
Firmantes: Julio César Chalar y Jorge Larrieux.
Discorde: Selva Klett.
Situación: paciente murió a causa de un paro respiratorio provocado por la aplicación de morfina.
Fallo: condenó a la mutualista a resarcir a la viuda y los hijos del paciente.
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