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Pablo Melendrez
Los adelantos tecnológicos permiten llevar de manera más sencilla los registros contables. Si bien existen varios programas informáticos para realizar esa tarea, es muy común que se utilicen planillas de cálculo Excel.
Sin embargo, la información electrónica puede, en muchos casos, ser modificada o alterada de forma menos evidente que en los registros en papel. Y eso fue lo que argumentó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) una empresa que fue sancionada por el Banco de Previsión Social (BPS) por declarar en el caso de cuatro empleados sueldos inferiores a los que realmente les abonaba ya que, según denunció, los inspectores cambiaron los datos de las planillas que la firma había entregado en un diskette sin guardar respaldo de la información original.
Todo comenzó el 14 de junio de 2000, cuando a raíz de una denuncia presentada por tres trabajadoras, personal del BPS realizó una inspección en la empresa, ubicada en Durazno. Como los responsables de la firma adujeron que no contaban con los medios económicos para imprimir las más de 400 páginas que conformaban los registros requeridos, acordaron que los inspectores se llevaran la información en un diskette.
En noviembre de 2003 la Asesoría Tributaria y Recaudación del BPS decidió multar a la empresa con $ 50.600 porque se comprobó que la firma incurrió en la infracción denominada "expedición de constancia dolosa", prevista en el artículo 10 de la Ley 16.244, que regula el manejo y las características de los comprobantes de pago de los sueldos de los trabajadores.
No obstante, la empresa sancionada entendió que la documentación en base a la cual se aplicó la multa había sido manipulada por los inspectores del BPS, y por eso presentó un recurso de nulidad contra esa resolución. Pero el TCA respaldó la decisión del Banco de Previsión Social y ratificó la sanción impuesta, en virtud de que la investigación administrativa se realizó según el procedimiento que establece el Código Tributario.
El fallo señala que la empresa no logró presentar pruebas que demostraran en forma "conducente" su denuncia acerca del "fraccionamiento de la información original" que implicó la modificación del archivo informático del programa Excel por parte de los funcionarios del BPS, lo que "arrojó resultados erróneos". En tal sentido, la sentencia sostiene que los inspectores del organismo explicaron que se utilizó únicamente la información que tenía valor para el caso, pero sin modificar sus resultados.
La resolución del TCA también señala que la empresa tuvo oportunidad de efectuar los descargos, y expresamente se le intimó a que presentara la información completa a fin de corroborar sus cuestionamientos.
Incluso, la sentencia cuestiona el accionar de la firma que no entregó la documentación en papel tal como lo prevé la legislación, sino que lo hizo a través de un soporte informático. "Es decir, que no sólo fue la directa provocadora del proceder de los inspectores al no proporcionar la información impresa requerida, y por ello no puede luego aducir que fue privada del derecho a controlar la producción de la prueba, sino que, además, después de haber cuestionado por errónea la información extraída e impresa por los inspectores, habiendo sido instada por la Administración a presentar la información total original a fin de comprobar sus afirmaciones, no lo hizo", sostiene el fallo.
CONFIRMACIÓN DE MULTA DEL BPS
ficha
Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Fecha: 13/11/ 2006
Redactor: Ricardo Harriague.
Firmantes: D. Preza, E. Lombardi, C. Rochón y M. Battistella.
Situación: empresa multada por el BPS alegó que los inspectores modificaron los registros contables.
Fallo: confirmó la multa de porque la empresa no logró demostrar su acusación.
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