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HERNÁN SORHUET GELÓS
Resulta curioso que uno de los aspectos más delicados del cambio climático siga sin considerarse. A pesar de la abundante información disponible, la comunidad internacional se resiste a reconocer la existencia de la migración forzosa por razones climáticas. Ya en 1990 el Comité Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) advirtió que la migración humana podría ser una de las consecuencias más graves del cambio climático.
Por su parte, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) desde hace un tiempo intenta colocar el tema sobre la mesa de discusión, debido a que advierte que, año tras año, crece el número de refugiados ambientales. En el informe de la Cruz Roja de 2001 se habla de 25 millones de refugiados por razones ambientales. Y desde entonces el cambio climático se ha intensificado.
No se trata de algo nuevo, sino diferente. Sabemos que siempre han existido migraciones por razones climáticas como la escasez de agua, desertificación, sequías y grandes inundaciones. Lo diferente es que ahora la humanidad enfrenta un cambio climático acelerado, provocado por las acciones y el comportamiento de las personas.
Tratando de hallar respuestas ante la preocupante pasividad de los gobiernos importa responder una pregunta: ¿debemos hablar de "refugiados climáticos" o de "migrantes climáticos"? Se podría pensar que la aclaración no hace una diferencia importante. Sin embargo, es todo lo contrario. Para la legislación internacional la diferencia es sustantiva por sus repercusiones sobre las obligaciones de la comunidad internacional.
Si hablamos de "migrantes" queda la sensación de que estamos refiriéndonos a personas que se desplazan de un lugar a otro en busca de mejores oportunidades, atraídos por sitios más propicios a sus intereses y necesidades. Se supone que la decisión es tomada libremente por la persona y sin intervenir factores externos que le obliguen a ello.
En cambio, los "refugiados" son personas que buscan la protección de otro país debido a que tienen fundados temores de que en el suyo su integridad física corre riesgo real, al igual que la de sus familias.
Parece claro que el cambio climático está generando "refugiados ambientales", pues se trata de migraciones forzosas ocasionadas por la destrucción de ecosistemas o por subsistencia. Pero, el problema es que la legislación internacional no está actualizada. El término "refugiado" se restringe a personas que huyen de una persecución. En realidad los países desarrollados temen que si se aceptan los "refugiados ambientales" se verán obligados a concederles el mismo amparo que a los refugiados políticos, conscientes de que serán muy numerosos.
Como nadie desea crear el precedente, el tema continúa invisible.
Si bien cualquier evento natural de gran magnitud deja a su paso personas evacuadas, lo que debemos afrontar es el desplazamiento de familias sin retorno, debido a que el sitio original ya no es habitable o no existe. Por ahora el único paso significativo lo ha dado OIM al hablar de migrantes por causas ambientales. Pero, será inevitable que dentro de las estrategias de adaptación al cambio climático, la comunidad internacional deberá considerar a los "refugiados ambientales" como una ineludible responsabilidad.
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