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Decretos. Reglamentan reforma tributaria
El Poder Ejecutivo emitió varios decretos que plasman las medidas anunciadas para ayudar al sector productivo a hacer frente a la crisis internacional y asegurar la recaudación.
Asimismo, se reglamentaron varios beneficios impositivos para el sector agropecuario previstos en las modificaciones a la ley de la reforma tributaria que rige desde septiembre.
En ese sentido, para las ventas de los pequeños establecimientos lecheros, a los cuales se les fijó un Imeba menor (de 0,1%), se estableció que deberán cumplir con dos condiciones para ello: no estar gravados por el IRAE y tener una remisión diaria menor a 500 litros en promedio considerando los doce meses anteriores.
También se fijaron las condiciones para los pequeños productores agropecuarios que el Ministerio de Ganadería (MGAP) determine, paguen 50% del aporte patronal.
Esos productores deberán presentarse a la convocatoria que realice el MGAP y acreditar que cumplen con varios requisitos: realizar la explotación sin asalariados permanentes y con máximo de 100 jornales zafrales en el año; explotar menos de 200 hectáreas de Índice Coneat 100; que su ingreso principal sea del trabajo de la explotación y que cumplen su jornada laboral en la misma; que residen en la explotación o una localidad a no más de 50 kilómetros de la misma.
APOYO PRODUCTIVO. El gobierno emitió dos decretos que contemplan medidas anunciadas para apoyar al sector productivo ante la crisis.
Por un lado, la inversiones realizadas en 2009 "se computarán por el 120% del monto invertido" a los efectos de lo que se exonerará de IRAE. Eso significa que una inversión de 10 se la tomará como de 12 para calcular el beneficio (que es un porcentaje de la inversión).
En tanto, se creó el Sistema Nacional de Garantías que será administrado por la Corporación Nacional para el Desarrollo e involucrará a varios fondos de garantías para préstamos de Pymes.
RECAUDACIÓN. Ante "situaciones irregulares" detectadas que generan "competencia desleal", el gobierno decidió que la importación de bienes de consumo, deberá anticipar el IRAE. El monto del adelanto se determinará aplicando 4% a la suma del valor del bien en aduanas y el arancel.
Entrará en vigencia para las importaciones realizadas a partir del 1° de febrero.
En tanto, se designó responsables por obligaciones de terceros a varios supermercados por las compras de bienes.
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