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Martes 30.12.2008, 22:10 hs l Montevideo, Uruguay
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Nacional

Condena por mala praxis en Artigas

Mutualista deberá pagar por lesiones a una beba en el parto

Artigas | Javier Bertalot

El Tribunal en lo civil de séptimo turno condenó a la mutualista Gremeda al pago de una indemnización por mala praxis médica en el parto de una niña a la que se lastimó seriamente con los fórceps.

La demanda fue presentada en 2004 al medico ginecólogo que asistió el parto y a la mutualista, por los padres y abuelos de una niña.

Del expediente surgen las graves lesiones que la niña sufrió, las que fueron corroboradas por la pediatra que fue convocada para que se la examinara. La beba tenía marcas de fórceps en ambas mejillas y en los párpados, parálisis facial derecha, hematoma en caballete nasal y labio superior, sangrado escaso de oído izquierdo y pabellón auricular, tumoración ósea en región temporal izquierda con depresión por detrás que parecía fractura con hundimiento craneano. Presentaba además, en el cuello, una importante laceración en región retroauricular de aproximadamente 3 cm de diámetro y otra del lado izquierdo de menor diámetro pero mayor profundidad.

El Tribunal concluyó que las lesiones fueron consecuencia de "reiterados intentos fallidos de fórceps Turnier que derrapaban al traccionar, lográndose extraer a la niña en una situación totalmente anormal". La niña fue trasladada al CTI, se le practicó una tomografía en Salto y posteriormente fue internada en el CTI de Impasa en Montevideo.

El coordinador de ginecotología de Gremeda, que fue médico tratante de la madre durante el embarazo, declaró en el expediente que "hubiera sido preferible una cesárea, al tratarse de una madre adolescente y con un trabajo de parto muy prolongado".

El propio médico demandado reconoció que los vástagos del fórceps estaban invertidos, reconociendo que eso fue de su responsabilidad". Una de las enfermeras declaró que "las manijitas de las cucharas que se usan para el fórceps caían al suelo" lo que "ocurrió varias veces".

La niña fue dada de alta al año y siete meses.

El Tribunal revocó la sentencia del juzgado civil de Artigas y condenó a Gremeda al pago de US$ 8.000 a cada uno de los padres, US$ 4.000 a la menor y US$ 4.000 a cada uno de los abuelos maternos y paternos, más intereses.

La mutualista tiene la opción de la casación ante la SCJ, extremo que según el presidente de la entidad, Enrique Dieste no han decidido. Tampoco está resuelto si exigirá el pago de parte de la demanda al médico. Éste está jubilado desde hace algunos meses.

El País Digital

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