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Indagatoria. No se probó intento de rapiña, ni tampoco legítima defensa
"No surge que hubo una tentativa de rapiña", dijo el juez Rolando Vomero. El comerciante que disparó contra el supuesto atracador y el joven herido quedaron libres. El caso, para la Justicia, no guardaba paralelos con el más reciente en el Cerrito.
No se trató de legítima defensa. Ni tampoco hubo evidencias de un intento de rapiña. El caso quedó archivado y los dos protagonistas en libertad.
Al ser consultado sobre los resultados de la indagatoria, el juez Rolando Vomero se limitó a comentar que durante la misma "no surgió que hubiera existido una tentativa de rapiña".
Al preguntarle sobre las similitudes entre este caso y el que indagó el juez Luis Charles, el magistrado desestimó todo parecido. "En ese caso no hubo lugar a dudas: el comerciante actuó en defensa de su hija embarazada que fue amenazada con un arma por el delincuente. Aquí no ocurrió nada de eso", aseguró.
Como dato significativo, tampoco el joven de 19 años que resultó herido presentó denuncia contra el comerciante. "Al tratarse de una lesión leve se actúa cuando hay denuncia de parte, y la persona no la presentó", explicó el juez.
los hechos. El episodio ocurrió en un restaurante ubicado en la esquina de Bulevar Artigas y Cagancha.
La primera versión recabada por la Policía en el lugar daba cuenta de un intento de rapiña y la reacción del comerciante para protegerse. El presunto delincuente era el joven de 19 años que, junto a otro que más tarde huyó en un taxi, había estado tomando una cerveza hasta que, sorpresivamente, extrajo un arma y amenazó al dueño del local.
Pero al avanzar en la investigación de los hechos esta versión cambió por completo.
Para empezar el joven y su acompañante estuvieron casi cuatro horas bebiendo cerveza en la terraza del restaurante. Fueron atendidos varias veces por el mozo. Fuentes de la investigación señalaron que el joven que luego resultó herido en el hombro derecho entró varias veces al establecimiento para ir al baño. El propietario estaba en la barra, de manera que pudo verlo en todas las oportunidades.
La indagatoria, empero, no pudo establecer cuál fue el motivo que en realidad enfrentó al joven con el dueño del restaurante. Tampoco el juez del caso quiso comentar este aspecto y señaló que su investigación se circunscribió a los elementos que surgieron: la posibilidad de una rapiña que luego se constató no existió, y las circunstancias en que el joven resultó herido de un disparo. Sobre este último extremo, indicó el juez Vomero, al no haber denuncia de parte tampoco se pudo avanzar en esclarecer el tenor de las circunstancias.
La esposa del comerciante había declarado a El País que el establecimiento había sido blanco de delincuentes en al menos cuatro oportunidades. "Nos han robado a mano armada varias veces", aseguró la comerciante que, junto a su esposo, tienen el local desde hace unos 10 años. Ello alentó la posibilidad de que el incidente ocurrido en la mañana del miércoles podía haber sido un nuevo intento de atraco.
El instituto de la legítima defensa, establecido por el Artículo 26 del Código Penal, obliga al juez que actúa en el caso a investigar las circunstancias. Para que se configure es necesario que se cumpla una serie de requisitos. El primero es que la agresión contra quien se defiende sea injustificada o ilegítima. El segundo requisito es el de la paridad de medios utilizados para defenderse, el medio no puede ser mayor al que emplea el agresor. El tercero es la falta de provocación por parte de quien se defiende. Además el magistrado toma en cuenta que quien ejerce la legítima defensa lo haga para proteger su integridad o la de terceros amenazados por el agresor. A juicio del juez Vomero, ninguno de estos requisitos estuvo presente.
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