La objeción de conciencia de médicos

Despenalización del aborto. Las mutualistas Círculo Católico y Evangélico advierten que no permitirán interrupciones de embarazos Cuestionan el plazo dado a los médicos para optar

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Médicos e instituciones de asistencia creen que Vázquez vetará la ley del aborto, sin embargo advierten que si prospera puede generar problemas en el Evangélico o el Círculo Católico y rechazan que se fije plazo a las objeciones de conciencia.

De no mediar el veto del presidente de la República, Tabaré Vázquez, a la ley de Salud Sexual y Reproductiva, todos los servicios de asistencia médica deberán practicar la interrupción del embarazo y sólo se permitirá a médicos y miembros del equipo quirúrgico el negarse a realizar un aborto.

Esta situación es preocupante para instituciones que se crearon a instancias de comunidades religiosas, como el Círculo Católico cuyo presidente honorario es el arzobispo de Montevideo, Nicolás Cotugno, o el Hospital Evangélico.

El presidente del Comité de Ética del Círculo Católico, Gustavo Ordoqui, dijo a El País que en las instituciones se confía en el veto de Vázquez y sostuvo que si esta ley entra en vigencia generará serias dificultades a las mutualistas que desde sus estatutos se oponen al aborto.

"Puede convertirse en un ataque a la libertad institucional pues si yo incluyo en mis estatutos originarios que no quiero abortar o que no propicio la destrucción de la vida, voy a tener problemas muy serios si un afiliado viene a reclamarme ese derecho", afirmó.

A su juicio la solución sería que en estas instituciones no hubiera médicos dispuestos a realizar un aborto, por lo que si un afiliado requiere un procedimiento de este tipo no habrá especialistas para realizarlo.

"En el Círculo Católico no va a haber médicos que aborten, van a invocar todos los médicos objeción de conciencia en 30 días y no vamos a tener médicos que aborten, les respetamos su libertad pero no la van a poder ejercer acá", aseguró.

Ordoqui dijo que los médicos que trabajan en esta institución comparten una determinada línea de valores y que quienes están a favor del aborto o la eutanasia no pertenecen en general al Círculo Católico.

Esta mutualista y el Hospital Evangélico habían planteado ya estas quejas a los parlamentarios hace un año y, luego de que el texto fuera aprobado inicialmente en el Senado, habían reclamado en la Comisión de Salud de Diputados que se permitiera a las instituciones privadas negarse a realizar abortos mediante la "objeción de conciencia" que se autorizó para el caso del personal.

MÉDICOS. El artículo 15° del proyecto aprobado ayer establece que aquellos médicos o miembros del equipo quirúrgico que tengan objeciones de conciencia para intervenir en los actos médicos de interrupción del embarazo, "podrán hacerlo saber a las autoridades de las instituciones a las que pertenezcan dentro de los treinta días contados a partir de la promulgación" de la ley. Agrega que quienes ingresen posteriormente "deberán manifestar su objeción en el momento en que comiencen a prestar servicios" y que en aquellos casos graves y urgentes en los cuales el aborto es indispensable, no se aplicará la objeción de conciencia.

Antonio L. Turnes, ex integrante de la Comisión Honoraria de Salud Pública (CHSP) y administrador general del Sindicato Médico (SMU) durante 20 años, dijo a El País que el médico debe tener siempre la potestad de negarse a ejecutar un aborto por razones de conciencia en el momento en el que se le presenta un paciente.

"No es razonable establecer este tipo de plazo, la libertad de conciencia es inherente a la libertad de cada persona y el médico siempre tiene que tener la potestad de decir que se niega a hacer algo porque va contra sus principios", indicó.

Turnes dijo que los médicos no han discutido aún este tema, pero señaló que el Código de Ética tiene manifestaciones muy claras en cuanto a que el médico debe preservar la vida y lo mismo prevén el Código Internacional de Ética Médica y el juramento hipocrático.

"No se le puede poner un plazo a la objeción de conciencia pues es algo permanente y además un médico puede variar de postura, ya sea por las circunstancias que le toca enfrentar en el caso concreto o por otros hechos", afirmó.

En el mismo sentido se pronunció Ordoqui, quien indicó que a su juicio el reparo o negativa a cumplir un mandato o norma jurídica invocando un imperativo de conciencia es sagrado para un profesional.

"Acá tu conciencia vale 30 días, es una transgresión frontal a la dignidad de los médicos. Es una barbaridad porque se le impide al profesional que cambie de opinión y además esta es la única ley que califica de acto médico un homicidio", sostuvo.

"No daré abortivos"

El Juramento Hipocrático, que los médicos toman al recibirse, va contrario las prácticas abortivas. "No administraré veneno alguno, aunque se me inste y requiera al efecto; tampoco daré abortivos a las mujeres", indica el texto. El Código de Ética sostiene que el médico debe respetar siempre la vida humana y que no tiene que participar de un aborto si no lo quiere, pero debe asegurar la asistencia.

Los ejes de la ley aprobada

La ley de salud sexual y reproductiva a la que el Senado dio ayer sanción definitiva sostiene que el Estado garantizará las condiciones para el ejercicio pleno de derechos sexuales y reproductivos de toda la población. Además reconoce a toda mujer el derecho a decidir la interrupción de su embarazo durante las doce primeras semanas de gestación. Para llevarlo adelante la mujer sólo deberá alegar ante el médico circunstancias derivadas de las condiciones en las que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etarias que a su criterio le impidan continuar con el embarazo en curso. El texto indica también que podrá interrumpirse un embarazo cuando implique un grave riesgo para la salud de la mujer o un proceso patológico que provoque malformaciones congénitas incompatibles con la vida extrauterina. En los casos de aborto en adolescentes o niñas, el médico recabará su consentimiento así como el de al menos uno de sus representantes legales y, si este se niega, se podrá recurrir a un juez. La interrupción de un embarazo será considerado un acto médico sin valor comercial. Los médicos o miembros de un equipo quirúrgico con objeciones de conciencia a intervenir en un aborto deben comunicarlo a sus instituciones antes de cumplirse 30 días de promulgada la ley o no podrán negar su participación.

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