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Satenil: primer fallo obliga a Intendencia a pagar US$ 140.000
Jueza. Amparó a una empresa damnificada

MALDONADO MARCELO GALLARDO

La Intendencia de Maldonado deberá pagar US$ 140.000 a una de las tres empresas damnificadas por el contrato de publicidad que firmó con Satenil SA, de acuerdo a un fallo judicial en primera instancia que será apelado.

Un fallo judicial en primera instancia promulgado ayer condenó a la Intendencia de Maldonado a pagar US$ 140.000 a una de las tres empresas dedicadas a realizar publicidad en la vía pública que manifestaron haber sido damnificadas por el contrato que la administración de Óscar de los Santos firmó con Satenil SA en los últimos meses del año 2005.

La juez civil de 5º Turno de Maldonado, María Cristina Zás, acogió la demanda radicada en diciembre de 2006 por la empresa Hikone SA que, según se espera, será apelada por los abogados municipales.

La jueza sostuvo que la Intendencia autorizó en forma documentada a mantener publicidad ya instalada por Hikone SA en todo el departamento de Maldonado hasta el mes de marzo de 2006, como contrapartida de la obligación asumida de suministrar elementos de señalización y resguardos peatonales.

La jueza sostuvo que se acreditó el cumplimiento de la empresa Hikone SA a través de las declaraciones del director general de Tránsito de la Intendencia, Álvaro Luzardo. De su declaración se desprende "el reconocimiento expreso del citado jerarca municipal de la existencia del preacuerdo, en segundo lugar el comienzo de la ejecución del mismo y en tercer lugar la actuación de buena fe de la parte actora".

Por este motivo Zás entendió que la decisión unilateral de no formalizar el contrato cuando ya había comenzado la etapa de ejecución del mismo genera a favor de la empresa Hikone SA el derecho a ser indemnizada. "El preacuerdo había comenzado a ejecutarse y ello generó indudablemente gastos, inversiones y expectativas que deberán indemnizarse al haber decidido en forma unilateral la administración la no celebración del contrato lesionando de esta manera la confianza del actor y el principio de buena fe", indicó.

La jueza concluyó que se deberá indemnizar la pérdida de ganancias por la no celebración de contratos de publicidad.

Hikone SA planteó que desde la anterior administración tenía un convenio de patrocinio por el cual se hizo cargo de la "construcción, refacción y/o mantenimiento de obras y/o espacios públicos", mediante la explotación publicitaria.

El acuerdo, según la empresa demandante, se mantuvo hasta que la presente administración lo dejó de lado para firmar otro con la empresa Satenil SA. Esto motivó la demanda de Hikone SA resuelta ayer por la Justicia civil de Maldonado.

Otras tres acciones en curso

A este juicio se suman dos acciones de nulidad en curso, impulsadas en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo por las empresas Rafeluz SA y El Hornero Limitada, contra el acuerdo alcanzado entre el municipio y Satenil SA. Hay además una denuncia penal radicada por tres ediles del Partido Nacional que involucra a varios jerarcas municipales, incluido el intendente De los Santos.

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