EDUARDO DELGADO
Gran sorpresa se llevó un funcionario del Ministerio de Industria cuando vio que en la cuenta bancaria mediante la que cobraba su sueldo había depositado US$ 430 mil, los que sin dudas no correspondían a sus ingresos laborales como empleado público.
Tras meditarlo, decidió no devolver el dinero y comenzó a retirarlo en pequeñas sumas, las que permitía su tarjeta del cajero automático, buscando de esa forma que el banco no descubriera el error y recibiendo en tanto los intereses derivados de tan abultada suma.
"Evidentemente, si se presentaba como simple funcionario del Ministerio de Industria y Energía en la ventanilla del Banco y ante tan abultada suma iba a despertar sospechas y, seguramente, el error iba a saltar a la vista", dice la sentencia.
Entonces, recurrió a un abogado, al que le solicitó que retirara la cuantiosa suma. Le dio un poder y el abogado retiró el dinero en una casa cambiaria con una letra de cambio. Con el dinero en un bolso, el profesional fue hasta su estudio, donde se lo entregó a su cliente, quien por ese trámite le pagó US$ 5.000.
Pero tiempo después, OSE detectó que había depositado ese dinero en una cuenta equivocada. Conocido el error, el ente estatal denunció lo sucedido a la Justicia.
Tras la investigación judicial, el funcionario público y el abogado fueron procesados con prisión por "estafa y apropiación de cosa habida por error o caso fortuito" y luego condenados en primera instancia por los mismos delitos.
El tribunal penal de 2° Turno confirmó la condena sólo en el delito de cosa habida por error, con la discordia de un ministro que consideró también cometieron estafa.
La pena que decidió aplicarle el tribunal fue una multa de 200 Unidades Reajustables a cada uno, aunque también los benefició con la suspensión de la ejecución de dicha pena.
El entonces ministro de Tribunal, Dardo Preza, expresó que el funcionario público "en vez de denunciar el error a las autoridades competentes, decidió apropiarse de esa cuantiosa suma dineraria, depositada por error en su cuenta personal".
En el expediente se menciona que el empleado estatal visitó al abogado y le solicitó asesoramiento para retirar el dinero "con excusas inverosímiles" como ignorar el trámite para extraerlo y cuestiones de seguridad.
Aunque, paradojalmente luego no temió salir del estudio del abogado "con una cuantiosa suma de dinero y éste al tiempo de retirarlo del cambio lo hizo sin ninguna precaución especial de seguridad, tal como admitió".
El abogado R.B. declaró que "le llamó la atención que M.D. tuviera en su cuenta de ahorro una suma de dinero tan abultada". Incluso, interrogado acerca de si no le parecía inverosímil la versión de su cliente en cuanto a que no sabía qué hacer para retirar el dinero, respondió: "No es una explicación muy coherente".
"R.B., por retirar mediante poder esa suma de dinero, recibió la cantidad de cinco mil dólares americanos, totalmente desproporcionada a la gestión y contraria a toda experiencia que un cliente lo pague si se trata de una operación normal", expresa el fallo.
"No asumió la conducta propia de un ciudadano que actúa de buena fe. En vez de denunciar el error a las autoridades competentes -en el caso, funcionarios del BROU- decidió apropiarse de esa cuantiosa suma dineraria depositada por error en su cuenta personal", dice la sentencia.
Eso sí, el dinero depositado por error y luego retirado, nunca apareció.
Al filo de la ley
Delito de cosa habido por error
Ficha
Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno
Ministro redactor: William Corujo.
Fecha: 24 de agosto de 2004.
Situación: Dos hombres, un funcionario público y un abogado, condenados por el delito de cosa habida por error, al retirar de un banco dinero que por error OSE depositó en la cuenta de uno de ellos.