Ilegalidad
Se siguen acumulando a nivel nacional y departamental -con Maldonado y Rocha a la cabeza- los ejemplos de actos ilegales, cuando no inconstitucionales, desarrollados a través de actitudes del Partido de Gobierno que no sólo están deteriorando su imagen sino que también afectan la del país, que es mucho más importante que estos huéspedes de paso. Lo ocurrido con el fideicomiso que pretendió subir el precio del gasoil para bajar el precio del boleto se ha convertido, en ese sentido, en la última perla de un collar que ya tiene muchas vueltas.
Los fideicomisos fueron establecidos por la ley 17.703 de 27 de octubre de 2003 donde se considera como tal "el negocio jurídico por medio del cual se constituye la propiedad fiduciaria de un conjunto de derechos de propiedad u otros derechos reales o personales que son transmitidos por el fideicomitente al fiduciario para que lo administre o ejerza de conformidad con las instrucciones contenidas en el fideicomiso, en beneficio de una persona ( beneficiario) que es designada en el mismo y la restituya al cumplimiento del plazo o condición al fideicomitente o las trasmita al beneficiario". Nunca se imaginaron los autores de la iniciativa que iba a terminar convirtiéndose en una de las niñas bonitas del Frente Amplio.
La bandera viene siendo recogida por el ministro Mujica desde hace tiempo ("significan otra forma más acorde con las actividades agropecuarias" reiteró la semana pasada); por UTE y, a fines del mes de agosto, por el Ministro de Transporte, cuando lanzó la idea de imponer ese atravesado sistema de poleas por el cual se bajaría el precio del boleto subiendo el precio del gasoil.
El propósito se concretó el 28 de setiembre a través del decreto 347/06, con la firma cómplice del Ministro de Economía, encomendando a la Corporación para el Desarrollo y a Ancap la constitución de un fideicomiso de administración tendiente a implementar una política dirigida al sector del transporte colectivo de pasajeros, determinando a la vez que su capital estaría constituido por $1,053 por litro de gasoil, derivado de un futuro aumento de su precio.
El decreto fue bombardeado, desde el comienzo, por el sentido común; por la Intergremial de Transporte -que lo consideró un impuesto y por lo tanto debería ser aprobado por el Parlamento y no por decreto; por la Ursea, que sostuvo que sería más barato comprar gasoil en el exterior; por la Asociación Rural, que lo catalogó de un "torpedo a la línea de flotación del campo" e incluso por el Ministro de Ganadería y Agricultura, que no se animó a enfrentar directamente el problema, insinuando sin embargo, que "es discutible" y anunciando que se había encomendado un estudio sobre la incidencia en el campo de "la maroma de impuestos que pagan los combustibles". ¿En qué quedó ese estudio?
Sobre la base de esos antecedentes y para cumplir aquel mandato, Ancap se adelantó a redactar un proyecto de contrato y un anexo que remitió a consideración del Tribunal de Cuentas, el cual acaba de expedirse lanzando otro "torpedo" a su línea de flotación y donde, en quince hojas y veintitrés numerales, destroza su contenido y -entre otras consideraciones- imputa al decreto no hacer mención a norma legal o reglamentaria alguna; critica al Ejecutivo por exceder su competencia al violar la autonomía de Ancap y la naturaleza de la Corporación; señala que el negocio no guarda correspondencia con el giro de Ancap; que no existe norma que autorice a transferir el producido de sus tarifas en beneficio de terceros; que los cometidos que se le asignan a la Corporación no se ajustan a la naturaleza del fideicomiso y que no resultan conforme al derecho ni el procedimiento seguido ni los gastos de estructuración. Porque también está prevista la contratación de un Auditor Externo y que el fideicomiso va a cobrar mensualmente el 5 por mil de todos los fondos, con un mínimo de U$S 25.000 "más IVA y cualquier otro tributo que se imponga en el futuro". O sea que, además de quienes pagan boleto, va a haber otros beneficiados por la iniciativa.
Ancap ya salió a decir que no acepta las observaciones del Tribunal y que el Gobierno reiterará el gasto. Llama la atención esa actitud, cuando el propio Directorio, en el numeral 4° de la resolución 855 de 30 de octubre condicionó "la suscripción del contrato a la previa intervención del Tribunal de Cuentas", y ahora que se le dijo que no puede firmarlo, ignora, no sólo los sólidos argumentos por lo cuales señala que no puede hacerlo, sino que desconoce su propia voluntad de ajustarse a su intervención.
El tema seguirá dando que hablar. Y que escribir.