MALDONADO | M. GALLARDO
Los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por algunos abogados y una confusa situación judicial impiden que impositiva pueda clausurar ocho restaurantes, cuyos propietarios fueron acusados de fraude y evasión.
Todo indica que las clausuras de los establecimientos de primer nivel de Punta del Este difícilmente se concreten durante este verano.
Cinco de los ocho restaurantes de Punta del Este que emitían doble juego de facturas presentaron recursos de inconstitucionalidad contra la norma que habilita a la Dirección General Impositiva (DGI) a pedir la clausura por presunción de defraudación tributaria el pasado 16 de enero, dijeron a El País fuentes de las empresas, lo que fue admitido desde el organismo.
La Justicia Civil -que había autorizado la clausura por seis días- resolvió el 18 de enero, admitir la excepción interpuesta por los restaurantes, suspender los procedimientos y elevar el expediente a la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
El máximo tribunal deberá expedirse sobre si la norma es ajustada a la Constitución o no y luego devolverá el expediente al juzgado, trámite que como mínimo llevará seis meses.
En caso de que la SCJ determine la inconstitucionalidad de la norma, Impositiva no podrá clausurar a los restaurantes.
Pese a eso, la DGI había pedido el 19 de enero que se la autorizara a ejecutar la clausura sin la intervención del alguacil como había determinado la Justicia.
Ante ello la respuesta de la Justicia fue que el organismo debería atenerse a la suspensión de las clausuras al haberse admitido el recurso de inconstitucionalidad de las empresas.
Fuentes de las empresas dijeron que para que la DGI no procediera con los cierres bajo esa modalidad, sin el alguacil, se hicieron gestiones ante el ministro del Interior interino, Juan Faroppa, y con el secretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández, que se comprometió a hablar con el ministro de Economía, Danilo Astori.
proceso. En tanto, otros restaurantes no podrán ser clausurados por las marchas y contramarchas del Poder Judicial que provocaron una compleja situación jurídica alimentada por varios decretos resueltos por los magistrados de feria.
El primer decreto fue dictado por la juez María del Carmen Stombolini, quien determinó la clausura de los ocho establecimientos denunciados por la DGI el 29 de diciembre. Stombolini decretó la clausura por tres días con citación personal previa a los abogados de los restaurantes con tres días de plazo de las actuaciones.
Uno de los abogados interpuso un planteo de oposición contra ese decreto dentro del plazo establecido de tres días, asegurando que no correspondía la clausura por diversos aspectos legales. Sin embargo, la magistrada no se expidió sobre el pedido de la defensa.
Casi al mismo tiempo la DGI presentó un recurso de apelación pidiendo que la clausura fuera por seis y no por tres días como fue decidido por Stombolini. En el medio de esta situación la jueza fue suplantada por otra, Alejandra Mexigos, quien se expidió favorablemente sobre el pedido de la DGI, pero no sobre la oposición pedida por los abogados de los restaurantes como había quedado en suspenso en primera instancia.
Esto motivó otro pedido de éstos que fue atendido por Mexigos, quien mantuvo el decreto original de Stombolini salvo en lo que respecta al plazo, aunque no resolvió la oposición planteada la que debe ser contestada de acuerdo a lo que establece el Código General del Proceso.
Por esta razón los abogados de los restaurantes entienden que no se puede efectuar las clausuras por no haberse podido cumplir con los plazos procesales generados a partir de los recursos interpuestos ante el Poder Judicial.
Los empresarios involucrados en esta situación mantuvieron ayer dos reuniones para evaluar el proceso e intercambiar ideas respecto a los pasos que deben darse. Allí escucharon la exposición del abogado Juan Guri, quien representa a uno de los establecimientos acusados en el caso y que por el momento ha logrado sortear la clausuras dispuestas.
Aconsejan recurrir decreto que prorrogó tasa de importaciones
La Cámara Nacional de Comercio recomendó a sus socios que recurran el decreto del gobierno que prorrogó hasta el 30 de junio la tasa de 2,5% sobre importaciones que recauda el Banco República.
En el texto colgado en la página web de la gremial se indica que las empresas que "tengan un interés directo y legítimo pueden interponer un recurso administrativo de revocación". Para ello tienen un plazo de diez días a partir del 19 de enero. En primera instancia el recurso será sin fundamentación. Para ello hay 20 días más de plazo.
La Cámara elaboró un dictamen sobre la ilegalidad de la comisión que luego servirá como fundamento del recurso.
El Poder Ejecutivo prorrogó a través de un decreto firmado el 29 de diciembre la alícuota de la llamada tasa del BROU y la de la tasa consular (2%).
Por un problema administrativo el decreto se divulgó el 19 de enero. Entre el 2 de enero y ese día se cobró un 1% para ambas tasas.
Esa baja de 2,5% y 2% a 1% es la que está fijada en un cronograma de reducción en las alícuotas -firmado en 2004- que prevé su eliminación el 1° de julio de 2007.