D. ISGLEAS | N. ROBA
La ocupación de casas y predios municipales y privados en Montevideo y Punta del Este disparó la reacción del Parlamento que acordó un proyecto de ley que admite que cualquier persona -aunque no sea el propietario afectado- puede denunciar el delito de usurpación.
La iniciativa permite que el delito pueda ser perseguible de oficio por un fiscal que verifique el hecho, al tiempo que elimina el plazo de 24 horas que existe actualmente para notificar una ocupación.
El episodio que desató el proyecto de ley fue la toma durante el año 2005 del chalet "Rina" en Punta del Este, ubicado en las calles 18 y 28. Luego que se dio a conocer esta circunstancia, los ocupantes pidieron U$S 2.000 para cada uno de ellos, para desalojar la propiedad.
Precisamente por eso, el proyecto impone sanción penal para quienes intentaran cobrar una suma de dinero no debida, como precio o condición para entregar el inmueble.
La situación en Maldonado es relevante, ya que muchas viviendas están 10 meses deshabitadas, asomando una clara de tentación de proceder a ocupar.
ENFOQUE. En busca de una solución a este tema, en Maldonado, la Justicia y la Intendencia han puesto ahora en práctica un nuevo enfoque. Cuando el municipio toma conocimiento de que personas que han usurpado una propiedad están edificando, las intima a que detengan las obras. Y si no lo hacen la comuna puede presentar denuncia por desacato.
Utilizando este mecanismo, la semana pasada el fiscal Gustavo Zubía pidió el procesamiento de una persona que estaba construyendo una propiedad en la intersección de las avenidas Roosvelt y Francia, en Punta del Este.
Aprovechando un predio de la Intendencia que estaba desocupado, un hombre comenzó a construir una vivienda. La Intendencia lo notificó que debía interrumpir la construcción, pero como no cesó, lo denunció por desacato.
En ese caso, además, como el padrón era propiedad de la intendencia y así quedó acreditado, el fiscal también pidió el procesamiento por usurpación.
Ese delito comprendido en el artículo 354 del Código Penal castiga con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, al que mediante violencia, amenaza, engaño, abuso de confianza o clandestinidad y con fines de apoderamiento o de ilícito aprovechamiento, ocupa parcial o totalmente un inmueble ajeno.
Sin embargo, el principal problema que tiene la justicia para actuar en estos casos es que si la denuncia no es realizada por el propietario, no se puede actuar.
Por eso mismo fue que la Comisión de Constitución y Códigos de Diputados dejó redactado el texto de modo tal que permita que las denuncias del delito de usurpación sean perseguibles de oficio o a instancia de parte, "en cuyo caso la denuncia podrá presentarse por cualquier persona".
OTRA VISION. Los jueces ven el tema desde otro punto de vista. El juez Julio Olivera explicó que se recurre a la vía penal como forma de buscar una vía rápida para sacar a los intrusos de la propiedad, pero en la vía civil está contemplado el procedimiento.
El juez civil Alberto Reyes explicó que hoy los procedimientos "son realmente expeditivos" y en unos seis meses se logra hacer el lanzamiento .
El juez penal Ricardo Míguez dijo que "nunca se puede transformar en legítima una situación ilegítima por el transcurso del tiempo". También señaló que para los casos en que no se configura delito, la vía civil es la adecuada.
BHU: 283 ocupadas
El Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) tiene un total de 283 viviendas ocupadas ilegalmente, dijeron a El País fuentes legislativas. En muchas de las viviendas que la institución tiene construidas para vender a los ahorristas, ha colocado una guardia policial 222, pero la misma es rotativa. Por eso, en ocasiones, cuando la guardia sale, los intrusos se instalan. La necesidad de bajar el presupuesto del servicio policial 222 ha colaborado con esta situación.