Mañana se trata el tratado

| Los que pudieron morir y se van a salvar, no saben que su vida dependía de un voto dado en la ciudad de Ginebra

Los países que firmen el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT), tendrán que cumplir obligatoriamente con las exigencias impuestas por este acuerdo internacional a punto de concretarse.

Si el Uruguay apoya el Convenio Marco, tendremos menos fumadores y esos fumadores se iniciarán en el hábito, cuando sean mayores; y no en edad temprana, a los 12 o 13 años, como está sucediendo.

La presente nota procura propalar el estado de las negociaciones, los temas en discusión y su trámite interno; y para ello resultan particularmente ilustrativas las críticas que efectuara en enero de este año, la "Alianza Para el Convenio Marco" (Frame Covention Alliance, AFC). La AFC comprende más de 180 grupos de especialistas sobre control del tabaco, que trabajan en unos 70 países. (1)

La VI Reunión de Ginebra, que empieza mañana, es la penúltima etapa de un proceso que abarcó casi tres años. Todo indica que esta VI Reunión dejará pronto un texto para que sea firmado ad referéndum por los representantes de los países miembros de las Naciones Unidas, durante el próximo mes de mayo.

La asamblea de representantes y especialistas que lleva cumplidas las cinco reuniones anteriores donde culminaron otras muchas deliberaciones regionales, no terminó de aunar las posiciones y en consecuencia se mantiene el suspenso como en una película cuyo desenlace tarda en definirse. Hay muchas vidas en juego (millones) y el resultado puede ser justiciero y salvador para esas víctimas posibles o puede constituir una derrota funesta en caso de que impongan su fuerza los partidarios "de dejar todo como está".

Hay grandes países que fijan su política en función de los intereses económicos de sus empresas y ese grupo sigue siendo numeroso y poderoso. También es cierto que la fuerza de convicción que impone la Organización Mundial de la Salud, (empeñada en abatir la cifra de defunciones causadas por el tabaco: casi cinco millones de personas por año) es incontenible; está basada en comprobaciones científicas recientes que resultan aterradoras.

Desde el inicio de las negociaciones relativas al Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) en octubre de 1999, más de 13 millones de personas fallecieron a causa de enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco.

CRITICA. El último comentario a la marcha del Convenio producido por la AFC en enero del 2003, empieza diciendo:

—Si bien respetamos la decisión del Presidente de la Asamblea en Ginebra, cuando procura lograr un consenso amplio que se acerque a la unanimidad, no podemos ignorar que existe el peligro de realizar concesiones inadmisibles, en el intento de alcanzar tal consenso. Está comprobado que existe una clara mayoría de delegaciones nacionales que está a favor de acordar soluciones enérgicas.

Un tratado consensuado y débil no representaría un progreso apreciable para la salud pública y defraudaría a los países que han acudido de buena fe en estas negociaciones.

Un Convenio débil funcionaría en manos de la industria del tabaco, como un instrumento apto para plantear nuevas chicanas y eso puede trabar la aprobación de las normas necesarias para complementar el Tratado. Por eso es tan importante que el CMCT contenga cláusulas mínimas y firmes, que no puedan ser mal interpretadas (desvirtuadas) alegando que son normas de máxima o meros "ideales".

El CMCT no debe transar en lo que más importa; no debe desdibujarse incluyendo disposiciones imprecisas; no debe subordinar la protección de la salud pública a los intereses comerciales.

TEXTO ACTUAL. Desde el punto de vista de la salud pública, la versión corregida, el texto que presenta ahora el Presidente para ser tratado a partir de mañana, avanzó en algunas áreas y retrocedió en otras. La redacción de la cual se parte, no constituye aún, una respuesta plenamente adecuada a la magnitud del problema que se intenta resolver.

Hay omisiones y debilidades, entre las cuales se destacan:

La estipulación referida a los fumadores pasivos, que es insuficiente. Solicita "protección" de manera genérica, cuando es evidente, que cualquier "protección" que no sea eliminar en principio la acción de fumar en lugares públicos, resultará ineficaz.

El texto tampoco incluye disposiciones que pongan punto final a la indignante práctica de otorgar subsidios estatales al cultivo del tabaco, política que perjudica a los agricultores de los países en desarrollo.

Las expresiones empleadas con respecto a las máquinas expendedoras, son particularmente confusas.

Destacamos también otro defecto grave: el texto en su actual versión no establece un plazo para la finalización de la venta libre de impuestos.

En general, pueden marcarse vaguedades en todo el articulado, cuando se definen las obligaciones que impondrá el Tratado a quienes adhieran a él.

UNA CLAVE. La publicidad del tabaco es uno de los factores más influyentes en la propagación de las enfermedades de origen tabacal.

Se sabe que la eliminación de toda publicidad a favor del consumo de tabaco reduce sustancialmente el consumo, y en ese misma proporción bajan los daños que tal consumo provoca.

En mayo de 1990, la Asamblea Mundial de la Salud tomó resolución sobre este preciso punto, instando a imponer "restricciones y medidas concertadas progresivas para eliminar finalmente toda publicidad, promoción y patrocinio directos o indirectos del tabaco." (2)

Lamentablemente, después de 13 años (en los que se incluyen más de dos años de intensas negociaciones tendientes al CMCT), el borrador del Tratado sigue sin reflejar, en este aspecto, el nivel de acuerdo mayoritario alcanzado en las discusiones de la V reunión de Ginebra. El Artículo 13 en su redacción actual resulta decepcionante, puesto que ignora la voluntad de imponer una prohibición absoluta en cuanto a la propaganda del tabaco. Este concepto fue enfáticamente expresado durante todo el proceso preparatorio del CMCT.

Si bien apreciamos el esfuerzo del Presidente, realizado para encontrar un texto que resulte aceptable, está muy claro que los Estados Miembros propusieron en mayoría, una redacción más creativa: esa redacción considera a los países con limitaciones constitucionales, pero mantiene el principio de la prohibición total de la publicidad, que es la única respuesta adecuada a las evidencias recogidas sobre el peligro de fumar.

En el texto que propone la Presidencia, restringe la publicidad "falsa y engañosa". Esa redacción traslada a los defensores de la salud, la carga de probar que determinada publicidad es "falsa y engañosa". En la práctica ese detalle procesal haría inoperante la norma proyectada; se instalaría un semillero de juicios.

También es imprescindible que el Tratado incluya una norma terminante, capaz de erradicar la publicidad transnacional (transfronteriza), la que se hace en un país y cuyo efecto llega a otro, por obra de los medios de difusión.

Exhortamos pues, a las numerosas delegaciones que insistieron en la prohibición total durante las reuniones previas, a que la reimplanten durante la 6ta reunión.

CAJILLAS. El empaquetado y etiquetado es importante a los efectos de la salud pública porque defiende el derecho fundamental de los consumidores: saber qué están comprando, estar advertidos de sus riesgos y salvarlos de posibles engaños. Se hace necesario despejar los equívocos el lenguaje del vendedor (cigarrillos light, suaves, sin alquitrán, etc); y al mismo tiempo, se hace necesario ampliar las posibilidades de las prevenciones para que resulten efectivamente eficaces: dejar de repetir la frase gastada: Perjudicial para la salud y otras similares y crear nuevas fórmulas que llamen la atención sobre el peligro que entraña fumar. El tamaño de las advertencias debe abarcar como mínimo el 50% de la superficie total de la cajilla.

El Artículo en su redacción actual, establece que las advertencias obligatorias relacionadas con la salud deben describir "los efectos perjudiciales del uso del tabaco". Esta definición es demasiado laxa y debiera ser eliminada. Se necesita, para las autoridades sanitarias, la mayor libertad de expresión. Hay que poder incluir todos los mensajes imaginables y renovarlos periódicamente para que hagan impacto, tanto sobre el fumador activo, como sobre el fumador pasivo.

INDUSTRIA Y COMERCIO. Recibimos con beneplácito la eliminación de las disposiciones que explícitamente subordinaban el CMCT a otros acuerdos internacionales.

La eliminación de estos artículos es un paso adelante para asegurar un tratado que anteponga el valor de la salud al interés de lucro. Pero el texto propuesto no contiene en todo su alcance la voluntad manifestada por la mayoría de las delegaciones. El Tratado debe decir en forma expresa, que la salud pública prima sobre los intereses de la industria y del comercio del tabaco y que en virtud de tal principio, se interpretarán las normas vigentes.

COMENTO: En este punto, la delegación uruguaya que tuvo una excelente actuación en la V Reunión de Ginebra, defeccionó y no acompañó la posición de la mayoría. El Poder Ejecutivo debiera atender muy especialmente a este artículo, que es el cerno del asunto. ¿Alguien puede sostener que los negocios son más importantes que la vida?

EL CONTRABANDO. El comercio ilícito de los productos del tabaco le cuesta a los gobiernos $ 25.000 millones de dólares por año y contribuye al deterioro de la salud pública, porque reduce el precio de los cigarrillos y en consecuencia aumenta el consumo.

Ese contrabando es parte de un conglomerado que comprende el lavado de dinero, el comercio de narcóticos, el crimen organizado y el terrorismo. Este es un problema exquisitamente transfronterizo y en consecuencia, hace imprescindible la regulación internacional.

El problema del tráfico ilegal se agrava porque los productores de tabaco y los mayoristas no tienen incentivos para abstenerse del contrabando. Por el contrario, reciben del delito fuertes alicientes, ganancias políticas y comerciales, cada vez que lo toleran.

El texto actual del Convenio contiene compromisos potencialmente fuertes, aunque un tanto genéricos. El desarrollo de un protocolo adicional podría hacer que estos compromisos cobraran toda su importancia, se iniciaría de este modo, una acción compatible y complementaria entre diferentes países.

Las negociaciones por un protocolo deberán comenzar sin demora, impulsadas políticamente por una resolución de la Asamblea Mundial de Salud, en Mayo del 2003.

CONCLUSIONES. Los países a favor de un convenio fuerte deberían negarse a participar en un consenso débil. El esfuerzo por lograr el consenso deberá ser condicionado a un "piso", por debajo del cual todos aquellos que han trabajado para conseguir un tratado efectivo no permitan que el texto sea atenuado en lo que más importa.

El gran número de estados que quieren un CMCT fuerte deben estar preparados para hacer valer su mayoría y asegurar así la eficacia real del Tratado que quieren poner en vigencia.

COMENTO: La posición de la delegación uruguaya no se conoce, pero es de vital importancia que haya transparencia: 1) en las instrucciones que se den a nuestros delegados y 2) en el cumplimiento estricto de tales instrucciones.

El próximo domingo sabremos si hay humo blanco en la Asamblea de Ginebra o si sigue el humo negro, matador. Y sabremos cómo votó nuestro país.

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(1) Para obtener la lista completa de miembros de la AFC: https:// www.fctc.org/mlist.shtml.

La Alianza del Convenio Marco ha trabajado, desde los comienzos de las negociaciones del CMCT, con delegados gubernamentales para diseñar un CMCT enérgico, basado en evidencias comprobadas.

El texto original de fecha enero del 2003, con la crítica a la redacción presentada por la Presidencia, puede leerse en: https://www.fctc.org/ jointstatements.shtml.

(2) (WHA43.16). https:// www5.who.int/tobacco/ page.cfm?tld=43

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