El proyecto de ley bancario recoge "un ambiente positivo" y existe "buena predisposición" para su respaldo, según confiaron a El País fuentes parlamentarias.
No obstante, las fuentes señalaron que la iniciativa tendrá varias modificaciones durante el tratamiento legislativo que comienza en la presente jornada, cuando el ministro de Economía, Alejandro Atchugarry, comparezca ante la comisión de Hacienda del Senado de la República, a los efectos de exponer una introducción de los principales puntos de la propuesta gubernamental. El próximo martes, el ministro volverá a la Cámara Alta para realizar un análisis más exhaustivo.
Asimismo, en la exposición de motivos del documento enviado al Parlamento la pasada semana, se establece que en breve también se remitirán dos nuevos proyectos de ley: uno sobre seguro de desempleo del sector banca privada, y otro que facultará a instaurar un seguro de depósitos en las instituciones financieras de plaza hasta determinados montos.
RECLAMO. El seguro de depósitos, a través del pago de una prima, es un mecanismo de cobertura legal para proteger, mediante una garantía explícita, parte o la totalidad de los depósitos que se efectúen en bancos o financieras, y así prevenir, por un lado, el riesgo de liquidez de las instituciones aseguradas, y por otro, la posibilidad de una crisis bancaria. Esa iniciativa fue reclamada desde filas del Partido Nacional y el Encuentro Progresista.
Según distintas fuentes políticas, la intención es que el plenario del Senado considere el proyecto no más allá del 17 de diciembre y que la Cámara de Representantes le de sanción antes de fin de año.
Mientras, el senador Wilson Sanabria dijo ayer a El País que el Foro Batllista propondrá que el proyecto contemple explícitamente a los clientes del Banco Montevideo que, bajo engaño o sin su conocimiento, resignaron sus depósitos por la transferencia de los mismos al TCB en Caimán.
El senador forista dijo que el procesamiento de los principales accionistas del Banco Montevideo es la base para entender que cabe la medida. Aseguró que los ahorristas tendrían que demostrar con pruebas esa circunstancia, de manera de poder ser incluidos en la reprogramación.
Sanabria dijo que la iniciativa apunta a evitar que esos ahorristas recorran el camino de la Justicia. El proyecto de ley que envió el gobierno sugiere la posibilidad de incorporar a esos depositantes. Según la propuesta, del fondo de recuperación patrimonial de los bancos a ser liquidados, se reservaría el 10% para atender contingencias futuras. En ese extremo, se entiende que dentro de ellas, se deben considerar incluidos los créditos litigiosos.
De Posadas prevé ola de litigios
En un informe que elevó al Directorio del Partido Nacional, el ex ministro Ignacio de Posadas (Herrerismo) afirma que el conjunto de normas sobre la liquidación de los bancos es autoritario, retroactivo e injusto, y asegura que será motivo de inseguridad jurídica y una fuente de innumerables litigios contra el Estado.
El dirigente herrerista, que integra el grupo de técnicos a quienes el ejecutivo blanco solicitó una evaluación de la iniciativa, establece que el proyecto corta atajos dentro de la estructura jurídica y que para alcanzar determinados resultados se le dan facultades omnímodas al Banco Central.
De Posadas señala que la solución es violenta y como tal será un mal precedente y una mala señal. Asimismo, indica que no es posible pronunciarse acerca de si la creación de un nuevo banco, a tan alto costo jurídico, servirá realmente para los fines que se persiguen. Agrega que la experiencia del pasado impide aceptar con entusiasmo la tesis de que el nuevo banco no será un banco gestionado más, de que algún día podrá venderse, de que devolverá retornos a la inversión, y de que no será un competidor irregular más (de la banca privada y también del Banco República). Es más —dice— "cuesta creer que el nuevo banco alcance un grado mínimo, esencial, de crédito en la plaza".
En cuanto a las normas sobre supervisión, De Posadas expresa que el proyecto convierte a los funcionarios en soplones obligados, al imponerles la obligación de denunciar irregularidades.
Sobre los requisitos para ser accionista de bancos, dice que el proyecto añade elementos, uno de ellos (la identificación de accionistas de bancos extranjeros), que puede ser de cumplimiento imposible en muchos casos.
Asimismo, con relación a los poderes otorgados al Banco Central en materia de propiedad de bancos y las tenencias accionarias, dice que no hay congruencia entre el bien jurídico que se pretende tutelar y el remedio propuesto para ello. Una inconducta —agrega— no se soluciona con un atropello al derecho de propiedad.
En tanto, indica que en esa misma línea, antijurídica, los artículos 9 a 13 le dan al Poder Ejecutivo la potestad de expropiar acciones de bancos, en función de una declaración de interés general genérica. También allí, expresa, se da una manifiesta incongruencia entre la causa y los efectos, ya que la existencia de incumplimientos ni genera utilidad pública, ni guarda vínculo alguno con el derecho de propiedad, vulnerando frontalmente lo dispuesto en la Constitución. "El artículo 32 de ésta jamás fue concebido como sanción", asegura.
En cuanto a las normas modificatorias de la ley de Mercado de Valores, dice que el proyecto "aprovecha el envión" y legisla de manera inconveniente, introduciendo modificaciones a aquella iniciativa, en su mayoría contrarias a su estructura y espíritu, "aspectos que habían sido defendidos ardorosamente por el entonces senador Jorge Batlle, en oportunidad de la elaboración de la ley".